Juez de Salto aclara procedimiento aduanero
La Suprema Corte de Justicia brindó para su difusión pública un informe presentado por el Dr. Duvi Teixidor, juez Letrado de 1ª Instancia de 4to Turno de Salto, con referencia a un procedimiento por contrabando, en que el magistrado hizo lugar al pedido fiscal de sobreseimiento aduanero en relación a la mercadería hallada.
El juez Teixidor refiere en su misiva a la Corporación judicial al procedimiento que dio lugar a publicaciones de prensa, especialmente a la del matutino El País del martes 31 de julio.
Del mismo dice que estuvo a cargo del director de Seguridad de la Jefatura de Policía de Salto y que intervinieron además de él, el Juzgado de Paz de la 6ª Sección y la Fiscalía Letrada Departamental de Segundo Turno. El mismo se debió a la detención de un ómnibus, conductor y acompañante, encontrando mercadería con una serie de documentos, por lo que se tomó testimonio a los indagados. Culminada la indagatoria se concluyó que la mercadería incautada, excepto 36 botellas de caña de un litro, estaba documentada en legal y debida forma.
La circunstancia dio mérito al pedido fiscal de clausura presumarial y formación de pieza presumarial sólo por la caña en infracción y la posterior resolución que se comunicó a la Policía.
Al día siguiente, el 19 de julio, el juez Teixidor expresa en su carta que recibió comunicación telefónica del director de Seguridad de que el ómnibus había sido reinspeccionado y que la misma había surgido nuevos hallazgos de mercadería en presunta infracción aduanera, lo que motivó la intervención de la Fiscalía y la defensa, analizando las actuaciones administrativas posteriores a la clausura presumarial y orden judicial de entrega del ómnibus.
Esta segunda instancia de investigación de los mismos hechos, con actuaciones administrativas sin autorización jurisdiccional, a espaldas de la Fiscalía, defensa y juzgado «dio lugar al pedido fiscal expreso de sobreseimiento aduanero en relación a la mercadería hallada», puesto que la prueba reunida era ilícita y «por tanto ineficaz para incoar proceso penal o aduanero» señala el magistrado. El juez Teixidor compartió el pedido de la fiscalía, clausurando el proceso a nivel aduanero, salvo respecto de la caña encontrada. *
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