Legisladores analizaron proyecto del Ejecutivo sobre nuevas modalidades delictivas

Nuevos delitos en la mira legislativa

La Comisión de Constitución, Códigos, Legislación General y Administración de la Cámara de Representantes recibió el pasado jueves al catedrático con la intención de continuar analizando el proyecto de Ley que remitió el Poder Ejecutivo al Parlamento y que se refiere a las nuevas modalidades delictivas.

La iniciativa incluye, además del delito de lavado de activos, que tipifica conductas de narcotráfico y corrupción administrativa, otras tales como el terrorismo, contrabando o tráfico ilícito de armas, de órganos y tejidos, medicamentos, personas, sustancias nucleares, obras de arte, animales, materiales tóxicos y el crimen organizado.

La normativa brinda autonomía a formas de encubrimiento a partir de los tipos delictivos a los cuales se refiere.

Langón planteó en la comisión una dificultad semántica del proyecto relacionada con la denominación de «lavado de dinero», cuando en realidad lo que realiza alguien cuando cumple una actividad ilícita de este tipo es «una legitimación de dinero».

Asimismo manifestó su opinión sobre la autonomía de este tipo de delitos y sugirió que «se trabajara más prolijamente a partir de la Ley de Estupefacientes».

Por su parte, el diputado por Asamblea Uruguay Jorge Orrico manifestó que en nuestro país ya existen diversas formas de encubrimiento incluidas tanto en el Código del Proceso Penal como en la Ley de Estupefacientes y Ley Anticorrupción, y ahora en este proyecto de lavado de dinero. «No podemos decir que en Uruguay no esté previsto este tipo de delitos», señaló.

Alcances de la norma

Durante la reunión con los legisladores integrantes de la comisión, el diputado por el Nuevo Espacio Felipe Michelini interrogó al jurisconsulto si de acuerdo con el artículo 3º de la iniciativa, que se refiere a actividades realizadas con finalidades específicas, se incluye a contadores, escribanos o abogados.

El legislador preguntó: «Si una persona paga por asesoramiento a un abogado, en forma mensual, y en ese lapso la persona es procesada como partícipe de uno de los delitos tipificados en el proyecto de ley y el abogado sigue defendiéndolo aún cuando sabe que el dinero que cobre es proveniente de un delito tipificado por la norma, ¿está incurso en este delito?».

Langón respondió: «No podemos pretender que esta persona, por más narcotraficante o lavador que sea, pierda el derecho a ser asistido por un abogado».

Sin embargo, indicó que el artículo del proyecto se refiere a actividades realizadas con finalidad específica, como por ejemplo, el caso de prestar ayuda para obstaculizar o eludir las consecuencias de la Justicia. Son actividades anteriores a la detención».

Agregó que si el abogado, sabiendo que su cliente es mafioso, asiste a la asociación mafiosa por un sueldo, es delincuente porque integra la asociación o colabora con ella».

«Pero el abogado, que no tuvo conocimiento hasta que el sujeto es detenido de que estaba trabajando en una organización al servicio de un delincuente y éste requiere sus servicios profesionales y el abogado se los da, me parece que está en su derecho. En esa hipótesis, el abogado no va a ser delincuente por ejercer su profesión», puntualizó Langón.

Para el catedrático «el abogado tiene derecho a ejercer su profesión y el imputado a ser defendido por el abogado que escoja. En principio, el abogado no comete delito pero existen hipótesis en que puede comprometerse con su cliente al punto de encubrir un delito cometido.

No es encubrir el acto de defenderlo, pero sí realizar determinadas actividades que, voluntariamente, pretendan torcer la justicia».

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