Cincuenta centésimos

Aprueban beneficio para compradores

El Poder Ejecutivo remitió al Parlamento un proyecto de ley por el cual se establece que en las operaciones comerciales en las que surja del monto total a pagar diferencias iguales o menores a cincuenta centésimos y no fuera posible su devolución, la diferencia será a favor del comprador. En la iniciativa que consta de dos artículos, también se determina que en lo referente a los precios de bienes o servicios fijados en el marco de relaciones de consumo, compete al Area de Defensa del Consumidor del Ministerio de Economía, el control del cumplimiento de lo previsto en la ley. El gobierno expresa en la exposición de motivos de la iniciativa que se tuvo en cuenta la constatación de que en el mercado nacional se ha tomado como práctica habitual y generalizada en las ventas de productos y servicios fijar precios con valores de monedas fraccionados. Ello provoca, en muchos casos, la imposibilidad material de devolver el cambio correspondiente, en oportunidad de adquirir esos bienes mediante el pago en dinero, situación que se ve agravada por la decisión del Banco Central del Uruguay de retirar de circulación las monedas de cincuenta centésimos.

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