Beneficio. Había sido procesado dos meses atrás con prisión domiciliaria

Juez dispuso la libertad para Amaro

El juez Penal de 17º Turno, Carlos García, dispuso la libertad del ex senador colorado Juan Justo Amaro, procesado hace dos meses por su responsabilidad en diversas irregularidades constatadas durante su gestión al frente de OSE, entre 1996-2003.

El magistrado analizó el escrito interpuesto por la defensa del ex senador colorado e hizo lugar a la requisitoria. La resolución se adoptó en conformidad con el dictamen del fiscal Eduardo Fernández Dovat avalando la libertad ambulatoria del ex legislador, indicaron fuentes judiciales a LA REPUBLICA.

Los abogados Jorge Barrera y Jorge Pereira Schurmann, representantes de Amaro en el proceso penal, solicitaron la libertad ambulatoria del ex jerarca en atención que la prisión preventiva no puede configurarse un adelanto de la pena y que no existen pruebas fehacientes de que su libertad pueda afectar el desarrollo futuro de la indagatoria.

En este sentido, Barrera saludó la resolución del juez García y manifestó su «más amplia convicción» de determinar durante el desarrollo de la indagatoria la inocencia de su cliente. «El objetivo de la defensa durante la próxima instancia del proceso será establecer que Amaro no violó ninguna norma penal y que su conducta durante su gestión en OSE fue ajustada a derecho», señaló. Amaro recuperó su libertad sobre las 17:00 horas de ayer, tras lo cual mantuvo un encuentro con sus abogados, allegados y correligionarios.

Amaro fue enjuiciado el pasado lunes 15 de marzo como «coautor responsable de un delito continuado de fraude y autor de un delito continuado de abuso de funciones». El ex jerarca fue imputado por gastos excesivos en el pago de viáticos a personal de confianza; la aisgnación irregular de publicidad oficial; la utilización y gastos por lomomoción propia y contratada; e irregularidades en el manejo de los fondos de las obras realizadas bajo el rubro «Fondos Permanentes».

El procesamiento de Amaro fue dispuesto con prisión ante la relevancia de los delitos imputados y el ser perpetrados durante su desempeño en un organismo del Estado. Sin embargo, en atención de su edad, el magistrado resolvió conceder al ex legislador el beneficio de la prisión domiciliaria, en base a lo dispuesto por la Ley Nº 17.897, «Ley de Humanización y Modernización del Sistema Penitenciario».

 

Justicia Especializada

La defensa de Amaro pretendió deslegitimar el procesamiento en el entendido que las prácticas reprochadas penalmente continuán desarrollándose durante la actual administración, en lo referido a la adjudicación de publicidad sin criterios técnicos, la concresión de obras «de alto contenido social» mediante el sistema de donaciones y el pago de compensaciones para secretarios.

La «notitia criminis» presentada por los abogados fue analizada por el fiscal Fernández Dovat, quien dispuso la remisión del expediente hacia la Justicia Especializada en Crimen Organizado, en virtud de tratarse de un presunto ilícito contra la administración pública. El magistrado hizo lugar a la solicitud, por lo cual está indagatoria deberá tramitarse en dichas sedes.

El secretario general de OSE, Daoiz Uriarte, sin embargo, consideró «incomparable» las acciones desarrolladas por ambos Directorios, y señaló que una denuncia de similiares características a la «notitia criminis» fue archivada oportunamente por la Justicia.

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