Fiscal Ubiría. El nuevo CPP supone "un cambio cultural muy importante" en el Poder Judicial

"En Uruguay nos cuestan mucho los cambios"

En este sentido, en diálogo con LA REPUBLICA Ubiría destacó como bases sustanciales del proyecto la conformación de un sistema acusatorio, oral y público. Asimismo, el magistrado destacó la disposición por la cual la prisión preventiva deja de ser «una cuestión preceptiva» y se transforma en una disposición ocasional. «El nuevo CPP va a lograr mucha más transparencia y será mucho más garantista. Pero no sólo para el imputado, sino para toda la sociedad», valoró Ubiría.

 

Reformas varias

– ¿Cuáles son a su juicio las principales modificaciones al sistema penal uruguayo planteadas en el proyecto de reforma del CPP?

-Bueno, hay reformas sustanciales con relación al actual CPP, basadas fundamentalmente en que se lograría un sistema acusatorio, y se establecerían claramente los roles de los distintos operadores, con lo cual cambiaría el rol del Ministerio Público, que sería el encargado de realizar la investigación conjuntamente con los órganos auxiliares como la Policía y otras autoridades administrativas, y el rol del juez, que pasaría a ser un juez de garantías y estaría exclusivamente para resolver los requerimientos del Ministerio Público y la defensa.

Además, se le da más garantías al imputado, porque desde el comienzo de la indagatoria tendrá la posibilidad de tener al defensor y poder dar la versión que entienda más conveniente, asesorado por su abogado.

También me parece importante resaltar que se acabaría con un proceso inquisitivo, escrito. Se pasaría a un proceso oral y público, que se organiza en audiencias y a las cuales puede concurrir cualquier persona, en lo que es un verdadero juicio penal. El tema de la publicidad y la oralidad le va a hacer muy bien a la Justicia en general.

Asimismo, la redacción del anteproyecto establece la preceptividad, por lo cual, tanto el Ministerio Público como el juez y el imputado tienen que estar necesariamente siempre en las audiencias, e incluso, se le da la posibilidad de intervenir a la víctima, acompañado de su propio abogado, lo cual también es un hecho muy importante.

Otro punto destacado es que se establece que la prisión preventiva deja de ser una cuestión casi preceptiva, como tal vez lo sea hoy en día, para pasar a ser excepcional, sin perjuicio de lo cual existen posibilidades de fijar la prisión preventiva en casos de delitos graves. El juez a requerimiento del Ministerio Público puede decretar la prisión preventiva cuando exista peligro de fuga o cuando la naturaleza y la gravedad del delito así lo ameriten.

Es decir, en casos de delitos graves como violaciones, homicidios, rapiñas, copamientos, secuestros, delitos de lavado de activos, delitos de tráfico de estupefacientes a gran escala, el anteproyecto de reforma del CPP tiene prevista normas para establecer la prisión preventiva y eso tiene que tranquilizar a la población. Un cambio de sistema procesal penal como el que se sugiere no implica que la gente que ingresará al Juzgado saldrá por la otra puerta, pero los delitos menores, más leves, podrán tramitarse con el individuo en libertad, y eso es un adelanto.

 

Cambio cultural

– Por lo que usted decía anteriormente está de acuerdo con la posición de que el carácter de oral y público del proceso le otorga transparencia al sistema penal

– Sin duda, siempre sostuve lo mismo. No es lo mismo un procedimiento escrito que un proceso oral. En este último se ven las caras las partes, el fiscal le ve la cara a la defensa y la defensa al fiscal, están los imputados, los testigos, el juez. Y se terminaría con esa connivencia que algunos o muchos abogados defensores han denunciado públicamente o de manera extrajudicial en los corrillos judiciales, de que el juez y el fiscal se consultan mucho antes de tomar una decisión, que trabajan mucho en común y que en definitiva existe un dos contra uno, fiscal y juez contra la defensa. Eso desbalancea el sistema judicial y creo que ocurre. Por mi experiencia en materia penal lo he vivido, y es consecuencia de un sistema inquisitivo que ha acostumbrado a los operadores a que eso suceda.

Por tanto, la reforma propuesta supone un cambio cultural muy importante para todos los operadores y sin duda va a lograr mucha más cristalinidad.

Me imagino una audiencia: por un lado el fiscal y su equipo, por el otro el abogado del encausado con sus asistentes, y los imagino ingresando en una sala de audiencia en el mismo momento y al juez esperándolos, cosa que hoy no ocurre porque en el Centro de Instrucción Criminal (CIC) el juez y el fiscal tienen despachos muy cercanos, y es inevitable la conversación, la charla y el cambio de opiniones. No le estoy echando la culpa a los jueces y los fiscales, sino al sistema procesal actual y creo que el nuevo CPP va a lograr mucha más transparencia y será mucho más garantista.

Pero no sólo para el imputado, sino para toda la sociedad. Porque más allá de los temores que pueden existir en cuanto a que la prisión preventiva va a quedar reservada para determinados delitos, con el tiempo se va a ir logrando que la sociedad se acostumbre.

– ¿Es decir que debe existir un cambio cultural importante en la propia sociedad?

– Pienso que sí, porque hay cambios sustanciales. Hoy una persona que tiene un antecedente, si comete un delito y hay elementos de convicción suficientes para determinar su responsabilidad, necesariamente tiene que ser procesada con prisión. En este anteproyecto no hay una previsión de ese tipo, una persona puede tener antecedentes, cometer un delito, ser detenida, y si es un delito menor para el fiscal y el juez, puede no tener pena de prisión preventiva.

 

Capacitación y recursos

– El hecho de asumir un proceso acusatorio implicará un cambio en el trabajo, la mentalidad y la capacitación de los fiscales, ¿se ha avanzado desde la Fiscalía de Corte en ese sentido?

Se está trabajando, pero todavía no tenemos un código aprobado. En ese sentido, sería muy importante para mí como para la Comisión redactora del CPP, que de aprobarse el proyecto su entrada en vigencia se hiciera de forma gradual. Así pasó en Chile, así está pasando en Perú.

Es decir, se podría iniciar por una zona con una complejidad delictual menor a otras localidades, con menos asuntos, y hacer una primera experiencia, lo cual sería favorable hasta por razones económicas, ya que el costo primario sería inferior; en una segunda etapa extenderlo hacia otros departamentos; y tal vez podrían quedar Montevideo, Canelones y Maldonado, donde tenemos más de la mitad de la población, para una última etapa.

Esto permitiría a la Fiscalía, a la Suprema Corte de Justicia (SCJ) y a todos los operadores ir transitando por el tema de la capacitación. Además se podrían ir corrigiendo errores o mejorando algunos aspectos en forma paulatina e ir subsanándolos previo a su entrada en vigencia en todo el territorio.

Una reforma del proceso penal en el sentido que se plantea requiere recursos humanos, equipamientos, infraestructura, ¿La Fiscalía de Corte ha realizado algún estudio sobre los requerimientos presupuestales para su aplicación sin afectar el funcionamiento del Ministerio Público?

– Lo estamos realizando. Lo estamos realizando para cuando se nos solicite algún estimativo tenerlo preparado. Me consta que en la Comisión de Reforma del CPP intervino un delegado del MEF, por lo cual calculo que existe algún estimativo primario. De todas maneras, la Fiscalía de Corte está trabajando y esperamos tener en el menor tiempo posible una visión preliminar. Pero a mi juicio, desde la aprobación del CPP hasta su entrada en vigencia tiene que existir un plazo bastante grande para que una vez aprobado se vaya instrumentando la infraestructura y los recursos humanos que se necesitan.

Obviamente, la aprobación de un CPP va a implicar la necesidad imperio
sa de contar con mucha más gente que la que se tiene actualmente. No sólo fiscales, porque, la creación de Fiscalías, implicará cargos de fiscales, pero también de asistentes, secretarios letrados, funcionarios administrativos y de servicio.

Actualmente estamos careciendo de funcionarios, se han ido funcionarios, tenemos poco personal, y hoy por hoy con el sistema actual estamos haciendo agua. Si a eso le sumamos una reforma del CPP que cambia totalmente el rol de los fiscales, sin dudas vamos a necesitar nueva infraestructura, ya sea en recursos humanos o en el aspecto informático.

 

Reticencia al cambio

– ¿Por qué estima que ha costado tanto el cambio en el sistema procesal penal uruguayo cuando ha sido cuestionado desde hace varios años, desde distintos ámbitos y por casi la totalidad de los operadores?

– Bueno, esa respuesta no la tengo. Creo que en Uruguay nos cuestan mucho los cambios. La materia penal ha sido siempre postergada, cuando se aprobó el Código General del Proceso (CGP), por el año ’80, que tomó como base el código modelo para Iberoamérica, ya había quienes sostenían que tenía que pasar lo mismo con el proceso penal.

Lo que paso en materia penal, a mi juicio, es que con cualquier proceso penal, en definitiva se terminaba procesando y condenando a la misma gente, porque era la misma gente la que entraba y salía de las cárceles. Creo que eso fue lo que incidió en que no se gastara dinero en un CPP de estas características, que implica un cambio de mentalidad, mucha capacitación, pero también dinero. Por lo cual, además del dinero que esté dispuesto a poner el gobierno, pienso que sería muy bueno lograr una ayuda económica de organismos internacionales, como ha sucedido en otros países.

Pienso que somos conservadores, porque en algún momento, hace muchos años, se había aprobado un código que no era netamente acusatorio, un acusatorio atenuado, un código que habían redactado el anterior fiscal de Corte, el doctor (Oscar) Peri Valdez, y el doctor Amadeo Otatti. Ese código llegó a ser aprobado e incluso se estableció su entrada en vigencia, pero se terminó posponiendo y terminó derogado; nunca entró en vigencia.

Hubo varias versiones de las causas de por qué no salió, creo que era porque había jueces, defensores y ministros de la SCJ que no estaban de acuerdo, pero el paso del tiempo y el hecho de que en la región se hayan modificado todos los códigos y sean en todos lados acusatorios, creo que ayuda mucho, así como el convencimiento de que el sistema acusatorio es mejor, pero no sólo para los fiscales. Es más, los defensores, tanto los particulares como los defensores de oficio, se han dado cuenta que es mucho mejor para ellos y para sus defendidos, porque ofrece más garantías.

Creo que los jueces también se han dado cuenta de que un sistema acusatorio no les quita poder sino que los ubica en una situación que es la que tienen que tener: el juez debe estar para darle todas las garantías al imputado, a los testigos, a la sociedad toda; tiene que estar para resolver, no para investigar.

Hoy todos los operadores estamos de acuerdo con un sistema acusatorio, y ese avance es lo que ha producido este cambio. Además, la Comisión que redactó este anteproyecto estuvo formada por gente de todos los lugares, Fiscalía de Corte, SCJ, Colegio de Abogados, gremios de fiscales, de jueces, Defensorías Públicas, MEF. Entonces al haber salido por consenso, le da una legitimidad que antes no tenía.

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