ELECCIONES EN LA ANEP

El Senado aprobó también en la mañana de ayer el proyecto por el que se establecen normas para la elección de miembros del Consejo Directivo Central (Codicen) y los consejos de educación Secundaria y Primaria de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP).

La ley 18.347 en sus artículos 58 y 65 establece que los dos integrantes del Codicen y uno de cada consejo de la ANEP serán electos por el cuerpo docente de los respectivos consejos.

La nueva normativa lo que hace es encomendar a la Corte Electoral todo lo referido al acto eleccionario y a la ANEP a que le proporcione los padrones y la información que se requiera para dicho sufragio.

También dispone la obligatoriedad y secreto del voto como lo establece el artículo 77 de la Constitución de la República.

Los electores podrán ser todos los docentes que tengan calidad de efectivos o interinos por todo el año o suplentes por todo el año, en tanto las listas para los dos consejos de Primaria y Secundaria se conformarán con un titular y cuatro suplentes y para el Consejo Central de la ANEP, se elegirán dos titulares y ocho suplentes.

En el proyecto aprobado ayer se establece además que las personas que no concurran a votar deberán pagar una multa de 5 Unidades Reajustables y aquellas que aspiren a ser electos, deberán renunciar a su cargo con un plazo mínimo de 3 meses previos a la fecha respectivo al acto electoral.

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