Polémica. Congreso de Intendentes discute ley de Patentes de Rodados

Lafluf analiza presentar renuncia

Hoy el Congreso Nacional de Intendentes se reunirá por última vez en este año y analizará el tema Patentes. El encuentro se hace a falta de pocos días para que la ley habilite a las intendencias a aplicar duras sanciones a quienes empadronan en otros departamentos. Lafluf había cuestionado días pasados la actitud de las comunas que no cumplen con lo establecido por la ley de empadronamiento.

El mecanismo que se aplicará a partir de la fiscalización se compone de tres etapas: persuadir al contribuyente de cumplir la norma que está en vigencia, aplicar sanciones y en tercer lugar denunciar a la intendencia y al contribuyente ante la Justicia. Por otro lado se resolvió crear un grupo especializado de juristas para presentar eventuales recursos ante la Suprema Corte de Justicia por «lesión de autonomía» contra aquellas comunas que incumplen con la normativa vigente. El presidente electo José Mujica tiene previsto asistir al encuentro en el Congreso de Intendentes y aportaría su visión sobre la ley de patentes. Los conductores que hayan empadronado o reempadronado su vehículo a partir del 1º de enero de 2008, tienen hasta el 31 de diciembre para regularizar su situación en caso que estén circulando con una matrícula que no corresponda con su lugar de residencia. La Ley 18.456 -aprobada a comienzos de este año- señala que a partir del 1° de enero, en caso de reincidencia en la infracción de circular sin la patente que corresponda, los gobiernos departamentales podrán retirar el vehículo de la vía pública, depositándolo donde indique su titular. También podrán retirar la matrícula, e iniciar acciones judiciales sobre el vehículo infractor por la deuda generada por el incumplimiento del tributo. De todos modos no existe una definición de salir a fiscalizar a partir del 1° de enero, aunque si el intendente lo define, habrá que hacerlo.

Las intendencias podrán efectuar denuncias judiciales en aquellos casos en que entendieran que los documentos presentados por el conductor adolecen de «falsedad ideológica o material», o que existe un notorio cambio en el domicilio del titular del vehículo. Incluso, a petición de parte interesada, todo empadronamiento realizado en violación a las normas previstas por la ley podrá declararse nulo.

Si el inspector sospecha que el conductor del vehículo vive en otro lugar, el inspector tiene que accionar jurídicamente contra la intendencia de ese otro lugar. Es un problema entre intendencias y no con el propietario del auto. Éste cumple al pagar sus tributos. La Ley de Empadronamiento aclara que podrán hacerse acuerdos entre las intendencias para «contemplar la situación de circulación habitual de contribuyentes con domicilios en sus respectivas jurisdicciones». Podría ser el caso de Montevideo y Canelones.

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