Fallo discutido

Tres a dos: resolución por mayoría

Viernes 11 de diciembre de 2009 | 4:46
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La sentencia de la SCJ exonerando al ex fiscal Carlos García Altolaguirre del pago de una indemnización al Estado por sus acciones contiene un diferendo jurídico, resuelto por mayoría de 3 a 2, sobre la legitimidad de las personas públicas de pretender la reparación de un daño moral.

En este sentido, los ministros Jorge Ruibal Pino, Jorge Larrieux y la ministra del TAC Alicia Castro consideraron que “el Estado puede válidamente deducir pretensión indemnizatoria del perjuicio no patrimonial causado por la actividad ilícita o delictiva de sus funcionarios”.

“La existencia de un daño no patrimonial es fácilmente perceptible en instituciones como las sociales y deportivas, que no persiguen fines de lucro. (…) Hay que entender que la composición de la persona jurídica asume una unidad subjetiva jurídicamente independiente de los sujetos que la componen y por tanto, la ofensa de la persona jurídica es (o puede ser) distinta de la ofensa al honor de los sujetos individuales”, sostienen los ministros en cita del catedrático en Derecho Civil, Jorge Gamarra. Por tanto, “toda persona moral puede accionar por el perjuicio que ha sufrido”, argumentan.

Los ministros Daniel Gutiérrez y Leslie Van Rompaey se afilian a la tesis de que “no procede la resarcibilidad por daño moral de las personas jurídicas”, en base a jurisprudencia de la propia SCJ. “Siendo un requisito insoslayable para la irrogación del perjuicio moral el sufrimiento, dolor o padecimiento espiritual, las personas jurídicas carecen de legitimación para pretender su reparación, en la medida que en su ámbito el sufrimiento es inconcebible”.

“Resulta claro, por añadidura, que el padecimiento que pudieren sufrir los soportes físicos de la persona jurídica, esto es, sus dirigentes o integrantes a cualquier título, carece de aptitud para conferir legitimación al ente moral”, aducen los ministros.

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