Sindicato. Considera que se trata de una manifiesta ilegalidad y afecta intereses de Antel

Plan Cardales: Sutel pide impugnar decreto que habilita a los privados

El directorio de Antel deberá impugnar «mediante los recursos administrativos pertinentes» el decreto del Poder Ejecutivo, puesto que la habilitación del sector privado violenta la normativa vigente, la cual consagra la «exclusividad» de Antel «en la prestación de servicios de telecomunicaciones urbanos y de larga distancia, nacionales e internacionales, sin distinciones», expresa el recurso.

«En este sentido, el decreto cercena y limita el derecho del ente para el cumplimiento de sus cometidos y lesiona gravemente su patrimonio, por lo cual los directores deberán interponer los recursos pertinentes para para defender el interés directo, personal y legítimo de Antel», según señala el sindicato. El decreto se sancionó con la oposición de Sutel, el PIT-CNT, el Secretariado Ejecutivo del Frente Amplio (FA) y del propio presidente de la República electo, José Mujica.

 

Monopolio público

El Poder Ejecutivo sancionó el lunes 30 de noviembre el decreto 537/2009, por el cual se habilita la adhesión de empresas privadas al plan Cardales, para ofrecer los servicios de «triple play» (televisión por cable, Internet y telefonía fija).

El decreto determina que el componente de telefonía fija, en todas sus tecnologías incluyendo IP, será provisto en forma exclusiva y excluyente por Antel, pero permite que en la prestación de los otros servicios las empresas privadas puedan operar una red propia o contratar con terceros.

Sin embargo, el Poder Ejecutivo no está facultado para autorizar a particulares la prestación de servicios de telecomunicaciones, por lo que la habilitación al sector privado carece de sustento legal al violentar el monopolio estatal, según dice el recurso.

«No hay duda de que la prestación de servicio de telefonía y el transporte de información a través de la red telefónica cableada (banda ancha), en cuanto telecomunicaciones, corresponde a Antel en carácter de monopolio y de servicio público», expresa. «El decreto, por tanto, no solamente contradice la normativa jerárquica superior, sino que, de mantenerse, causará un grave perjuicio al patrimonio del ente, al tiempo que desnaturaliza el principio finalista de servicio público», indica el recurso.

 

Pérdidas

Los ingresos de Antel se originan básicamente por la prestación al público 3 tipos de servicios: la telefonía (fija, pública y telegrafía), móvil (telefonía celular) y datos (servicio de acceso a Internet y otros servicios de datos).

El decreto podría significar un deterioro para el patrimonio del ente, puesto que el servicio de datos ha demostrado una tendencia creciente y constante en la utlidad de ingresos, y «soslayar la participación de Antel en dicho servicio limita las posibilidades de desarrollo del ente».

«Informaciones recientes revelan que el 50% de los hogares tienen computadoras y que entre 2001 y 2008 se ha producido un incremento del 150% en el Interior del país y de un 30% en Montevideo», expresa el escrito.

El gremio estatal admite que no es una tarea sencilla cuantificar las posibles pérdidas, pero en base a los últimos datos se estima que en los dos años siguientes a la apertura las utilidades de Antel se podrían reducir un 15%, lo que equivale a 370 millones de pesos.

El recurso de Sutel cuestiona los artículos 4 y 5 del decreto, por cuanto su aplicación puede significar el ingreso de empresas transnacionales en el mercado inherente al plan Cardales.

Ante esto, «el directorio de Antel no puede admitir que el decreto en vista afecte la competencia del ente y comprometa su patrimonio», dice el recurso.

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