Artículo 135 del presupuesto municipal cuestionado en el BPS
La gerencia del área Asesoría Letrada de Prestaciones del Banco de Previsión Social (BPS) calificó como «inconstitucional» el artículo 135 del presupuesto quinquenal municipal, que establece el retiro obligatorio a los profesionales de Casinos que tengan causal jubilatoria y más de diez años de servicio.
La edila Cristina Ferro criticó duramente al director de Personal de la Intendencia de Montevideo (IMM), Juan Carlos Bengoa, por haber sido «gestor de este articulado». La representante forista dijo a LA REPUBLICA que el artículo 135 «cae en dos pecados mortales: no respetar la Constitución ni a los mismos los trabajadores».
En respuesta a una consulta efectuada por la bancada de ediles del Partido Colorado los técnicos del BPS elaboraron un informe de cuatro puntos donde establecen que la jubilación es «un acto voluntario». Con este criterio, plantear la obligatoriedad del retiro equivaldría a una destitución y requeriría el respaldo de la Junta Departamental.
El informe indica que «imponer la jubilación en forma coactiva a una determinada categoría de funcionarios sin que se haya cumplido con las causales y procedimientos requeridos para destituírlos, implica violar normas y garantías de orden constitucional y puede dar lugar a recursos en vía administrativa». Explica que la resolución podría ser recurrida por los afectados ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, donde podrían presentar recursos de nulidad «por ser la norma violatoria de una regla de derecho o adoptada con desviación de poder».
La gerenta de área, Graziella Elichtry Ríos, considera que se intenta «imponer la jubilación, que es un derecho voluntario para quien es su titular, pudiendo diferirlo a pesar de haber configurado causal con edad y servicios y sin mediar destitución legítima por causales y procedimientos adecuados». Aclara que los requisitos necesarios para jubilarse deben ser valorados por el BPS y no por otros organismos.
Compartí tu opinión con toda la comunidad