Fallo. Las donaciones de balasto avaladas por el Tribunal de Cuentas son ilegales para la Justicia

Utilización ilegítima de los recursos en San José

Para el Juez, la IMSJ «se desvía en el cumplimiento de los cometidos asignados constitucional y legalmente, utilizando ilegítimamente los recursos mineros, ya sea por su indebida extracción, por no cumplir en buena parte con los requisitos exigidos por el Código de Minería, como por el exceso (abuso) cometido respecto a la entrega gratuita del producto (balastro).»

El abogado defensor de la Intendencia, doctor Pablo Pucheu, argumentó en el juicio que «no puede existir competencia desleal (…) el municipio de San José no realiza actividad económica, comercial ni industrial (…) sino que cumple con los fines constitucionales que se le han atribuido. La donación de balastro está dentro de las atribuciones que el constituyente le ha otorgado». Considera que «ha significado un importante aporte para el desarrollo de las actividades rurales» y que «la clausura de la cantera por parte de Dinamige» se debió a un mero «incumplimiento de requisitos administrativos».

Por el contrario, para el doctor Messere «los yacimientos de esa clase requieren título minero, salvo dos excepciones, a saber, la primera: el propietario (…) puede realizar actividad minera sin necesidad de título minero, si no tiene finalidad lucrativa y la segunda: yacimientos ubicados en predios de propiedad estatal o municipal o pertenecientes al dominio público». En este último caso «para cumplir los fines propios del organismo».

La sentencia dice: «no es irrelevante ni quedan reducidas a contravenciones de índole administrativa las irregularidades admitidas ­que llevaron incluso a la clausura temporal de la cantera­ sino por el contrario, irradian sus consecuencias directamente sobre los hechos ventilados en la causa. (…) De acuerdo a la ley orgánica municipal, los cometidos del Intendente, en lo que interesa al caso en análisis, son: organizar y cuidar la vialidad pública. (…) y propender a la prosperidad del departamento, estimulando la fundación y desarrollo de las industrias, del comercio y de las instituciones de fomento, cooperando con las iniciativas privadas en la forma que considere más eficaz».

El doctor Messere consideró como probado que «la inmensa mayoría (…) de las donaciones de balastro, tuvieron como destinatarios a empresarios o productores rurales, con la finalidad de mantener la caminería interna de los predios. De manera que no se trató de donaciones tendientes al mejoramiento de las vías públicas, ni para incentivar iniciativas privadas, sino directamente a beneficiar o aliviar a los productores rurales en sus costos de producción.

La Intendencia Municipal de San José, donó balastro (…) en forma sostenida, a productores rurales, que lejos están de hallarse en situación de emergencia o necesidad.»

Como ilustrativo, el Juez transcribe declaraciones de algunos productores. «Señor Omar Vera: pedimos balastro a la Intendencia, pagamos un camión y nos sale barato a todos. No podemos comprar en canteras particulares porque nos fajan.» (Explota 506 hectáreas).

«Señor Walter Pérez: no compro balastro porque esa cantera que hay cobra carísimo. Dicen que hay una cantera que lo vende pero hay que pagar el balastro y el camión y nosotros no somos ricos para pagar eso.

Estamos acostumbrados a que la Intendencia siempre nos dio. Un viaje cuesta 1.000 pesos, no tengo por qué pagar tres, cuatro o cinco» (Propietario de 440 hectáreas y arrienda 2.000).

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