VOTO EPISTOLAR SIN LOGICA
Respecto al plebiscito del voto epistolar.
La Constitución es muy clara. Dice en el artículo 1º que la República Oriental del Uruguay es la asociación de los habitantes que están en su territorio. Le da a la ciudadanía el carácter de presencia dentro del territorio. La lógica dice que si yo vivo acá y voto acá, voy a soportar o padecer o disfrutar de un buen o mal gobierno. Voy a tener más o menos impuestos, voy a tener más o mejor educación.
Que resuelva eso alguien que no está viviendo aquí ni vivirá nunca más, una persona que, por ejemplo, está en Australia hace diez años y va a estar los próximos veinte y no va a volver, no nos parece lógico, y menos cuando el domingo que viene, si yo estoy anotado con credencial en Artigas pero me encuentro por razones de trabajo en Canelones, no puedo votar.
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