Expectativa por el fallo de la SCJ
La Suprema Corte de Justicia (SCJ) declararía hoy «por unanimidad» la inconstitucionalidad de la Ley 15.848, «Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado», por violentar varios artículos de la Constitución de la República.
El novel ministro de la SCJ, Jorge Chediak, presentará durante el acuerdo de ministros el texto con la sentencia definitiva de la SCJ sobre la polémica norma. Tras ser firmada por los restantes integrantes de la Corte se transformará en el pronunciamiento oficial de la Corporación. La declaración de inconstitucionalidad será el eje del acuerdo, tras lo cual se notificará a las partes. «El pronunciamiento será adoptado por unanimidad», indicaron a LA REPUBLICA fuentes del Poder Judicial.
La fiscal Mirtha Guianze interpuso el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Caducidad el lunes 27 de octubre de 2008, al encontrarse en una encrucijada en el marco de la investigación por la muerte de la militante de la UJC Nibia Sabalsagaray.
La instrucción desarrollada por el juez penal de 10º Turno, Rolando Vomero, y la fiscal determinó la inexistencia de responsabilidad de civiles en los hechos, estrechándose el cerco hacia la presunta responsabilidad de algunos efectivos militares de guardia en el Batallón de Comunicaciones Nº 1, el 29 de junio de 1974, cuando Sabalsagaray fue detenida. Doce horas después, su cuerpo sin vida fue hallado en el calabozo Nº 3 de la unidad militar.
La imposibilidad de profundizar en la indagatoria implicó la presentación del recurso basado en las discordias esgrimidas por los ex ministros de la SCJ, Nelson García Otero y Jacinta Balbela, en la sentencia de mayo de 1988, por la cual la Corte consideró constitucional la norma, tres votos a dos.
La fiscal Guianze hizo suyo el argumento de García Otero, quien consideró que «las normas contenidas en los artículos 1º, 3º y 4º de la ley 15.848 no sólo son inconstitucionales, sino que los son voluntariamente», ya que desconocen el principio de separación de Poderes y los Artículos 4 y 82 de la Constitución. Guianze utilizó, además, el informe 29/92 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el que se declaró a la ley como un escollo para la justicia uruguaya, en el juzgamiento de los crímenes cometidos durante la última dictadura. También utilizó aportes del Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay (Ielsur).
La sentencia unánime de la SCJ «cerrará» el círculo de pronunciamientos sobre las inconstitucionalidad de la Ley de Caducidad, aprobada en 1986, luego de conocerse posturas similiares por parte del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y el fiscal de Corte, Rafael Ubiría.
La acción de la fiscal Guianze, a la cual se sumó la familia Sabalsagaray como «tercería coadyuvante», contó con el allanamiento, por parte del Ejecutivo y del Legislativo, al recurso de inconstitucionalidad. Sin embargo, los argumentos más categóricos fueron brindados por el fiscal de Corte.
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