Iniciativa pasó al Senado. El FA y Alianza Nacional votaron a favor; herreristas, en contra

Sobre la hora, se aprobó la ley que habilita cambio de nombre

Con cambios que lo obligan a retornar a la Cámara de Senadores para su definitiva sanción, los representantes aprobaron ayer en la última sesión ordinaria de esta legislatura, el proyecto de ley que habilita legalmente al cambio de identidad de género a aquellas personas que consideren que su nombre no va en sintonía con su opción de vida.

En realidad, según lo confesado ayer mismo por el diputado Javier Salsamendi (CAPL-L), por otra parte informante del articulado, esta ley no innova sino que concede herramientas legales al procedimiento registral ya que en este mismo mes de setiembre de este año hubo dos casos en el Registro Civil en el que, a ambas personas, le fueron aceptadas sus peticiones para pasar de identificarse con un nombre masculino a uno femenino.

El proyecto fue acompañado por la mayoría de los sectores que estaban en sala: Frente Amplio y Alianza Nacional. El Herrerismo votó en contra y en solitario. De los partidos Independiente y Colorado no había siquiera medio representante al momento de analizarse la ley y menos a la hora de votar.

Fue tal el rechazo al proyecto por parte del sector liderado por Luis Alberto Lacalle que el diputado herrerista Gustavo Borsari la calificó de ir «en contra de la naturaleza humana» y que «traerá más problemas que soluciones».

La ley venía aprobada del Senado. Durante su análisis en esta rama parlamentaria sufrió sustanciales cambios en procura de alcanzar acuerdos con la oposición y fundamentalmente con el Partido Nacional para contar con su apoyo.

Esas modificaciones pasan por eliminar el artículo que habilitaba a menores de 18 años a cambiar su identidad de género. La cámara alta lo había autorizado pero los diputados le dijeron no.

El otro cambio sufrido alude al período que se concede para eventualmente modificar su identidad. Los senadores habían establecido que se podía alterar el género cada dos años. Los diputados volvieron a decir «no» y lo prolongaron a 5 años.

El tercer cambio refiere a que, pasado ese lustro con una identidad determinada, la persona en cuestión podría retornar a su antiguo nombre. Si bien se reconoció altamente improbable que se llegue a esa posibilidad de arrepentimiento, es una opción que los diputados quisieron dejar estampada en la ley.

Se aclara además que «en ningún caso se exigirá cirugía de reasignación sexual para la concesión de la adecuación registral de la mención del nombre o del sexo que fuere disonante de la identidad de género de la persona».

También se aclara que si bien se habilita al cambio de la identidad, ello no conlleva el hecho de anular todas las obligaciones contraídas anteriormente. Es decir, las posibles deudas, embargos, obligaciones contractuales y compromisos de toda índole no caducarán cuando, por ejemplo, Marcelo pase a llamarse Adriana. Ante la ley, ella asumirá todas las responsabilidades que tenía el entonces Marcelo.

Llamativamente, el debate de esta ley no contó desde las barras con la presencia de representantes de organizaciones interesadas en el tema, como sí ocurrió cuando el mismo Parlamento aprobó la ley de concubinato, la que habilitaba a la adopción de niños por parte de parejas conformadas por personas del mismo sexo o la que dejaba de poner reparos en el Ejército para el ingreso de homosexuales en sus filas.

Nuevamente Uruguay se destaca en el concierto latinoamericano en cuanto a la reglamentación de estas situaciones sociales.

Se sostuvo que la ley aprobada anoche es una de las más adelantadas en la materia. Organizaciones de gay de países vecinos remitieron mensajes a los despachos de los legisladores saludando la iniciativa legal que aún resta la sanción definitiva parlamentaria.

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