Fue sancionada Ley de Reparación
Las indemnizaciones rigen para quien estuvo preso por más de 6 meses.
Menos los herreristas y los colorados que ayer estuvieron en sala y que a fuerza de ser sinceros si se contaban cuantos eran bastaba con los cinco dedos de una mano, el resto de los sectores y partidos políticos con representación parlamentaria dieron su voto afirmativo a la ley de reparación integral que ayer mismo pasó al Poder Ejecutivo para su promulgación. Se sancionó con 51 votos de los 54 legisladores presentes.
Fue un debate clásico en el que no se aportaron mucho más argumentos que los ya conocidos por todos. Por ejemplo, los detractores de la norma insistieron con que la ley «es hemipléjica», dicho esto para decir que sólo contempla la reparación a un sector. O que, casi nadie, y fundamentalmente de la izquierda, adhiere a la visión de «los dos demonios», esto para decir que nunca existieron dos bandos en pugna durante la aplicación del aparato represivo del Estado contra organizaciones políticas y sociales.
El proyecto que ya es ley establece la obligación del Estado respecto de la realización de acciones materiales o simbólicas de reparación moral y de preservación de la memoria, el reconocimiento de la responsabilidad institucional mediante la expedición de documentos a cada una de las víctimas e indemnizaciones a aquellas personas que hasta ahora no han recibido ninguna compensación económica, salvo las derivadas de condenas o transacciones jurídicas o extrajudiciales promovidas individualmente.
También contiene disposiciones referidas al acceso gratuito a prestaciones de salud a aquellas personas que puedan aún tener secuelas como consecuencia de su calidad de víctimas directas y la obligación del Estado de ofrecer apoyos científicos y técnicos para la rehabilitación física o síquica del damnificado.
El período en que la ley entiende que se violaron los Derechos Humanos fundamentales comienza desde el 13 de junio del año 1968 hasta el 28 de febrero de 1985. Hay algún matiz conceptual que considera «terrorismo de Estado» al espacio-tiempo entre el 27 de junio de 1973 y hasta el 1º de marzo de 1985, y califica de «actuación ilegítima» del Estado aquél que va desde el 13 de junio de 1968 y que culmina el 26 de junio del ’73.
La ley habilita a la colocación de placas identificatorias «en su exterior y en lugar visible para la ciudadanía» en aquellos lugares donde se sabe que sistemáticamente se llevaban detenidos y se los torturaba.
Habrá una comisión especial creada por la ley que se encargará de estudiar los casos a reparar. Podrán acogerse a los beneficios aquellos que hayan estado detenidos por un lapso mayor a 6 meses incluso sin haber sido procesados.
Recibirán una indemnización, por una única vez, los familiares de las víctimas declaradas ausentes por ley o que hayan desaparecido. El monto de la reparación será de 500.000 Unidades Indexadas. Para aquellos que sufrieron lesiones gravísimas, la indemnización será de 250.000 UI y las víctimas que siendo niños estuvieron desaparecidos por más de 30 días recibirán 375.000 UI de reparación. Una Unidad Indexada equivale aproximadamente a $ 1.920.
Compartí tu opinión con toda la comunidad