Bordaberry: "Instituto Nacional de Colonización juega a la timba"
El candidato llamó a instrumentar «medidas valientes» para atender la situación del campo. «Ahora, Colonización también es un inversor que juega a la timba de la compra y de la venta de tierras», dijo.
El líder de Vamos Uruguay calificó como «muy mala» la Ley de Colonización.
Bordaberry realizó estas apreciaciones al participar de un ciclo de conferencias organizado por la Sociedad Rural de Durazno bajo el título «Políticas agropecuarias: despejando incertidumbres».
El candidato colorado planteó como alternativas la aplicación de un seguro agropecuario, el desarrollo de un sistema de riego y el fomento de la biotecnología, entre otras iniciativas.
Bordaberry reiteró sus críticas a la Ley de Tercerizaciones y ratificó que en caso de acceder al gobierno, derogará la normativa vigente.
«Fue un error porque al pequeño lo hacen solidario del contratista», dijo.
El ex ministro de Turismo indicó que la política laboral «pasa por otro lado» y se debe erradicar la concepción de que «el que trabaja es el enemigo del patrón».
«El Partido Colorado nunca creyó en la lucha de clases y rechazó los acuerdos a partir del conflicto», dijo Bordaberry.
El presidenciable abogó además por un Estado facilitador de las negociaciones y no sólo como un tomador de decisiones.
Ley de Colonización
La Ley N° 18187 establece que las tierras de propiedad del Estado, entes autónomos, servicios descentralizados y organismos públicos en general, que por su ubicación, superficie y características resulten económicamente apropiadas para la formación de colonias, tendrán prioridad para ser colonizadas.
El Artículo 3° de la ley indica que el Instituto «procederá a vender toda fracción que, por sus características, no atienda la acción colonizadora».
La ley establece que el INC, con la anuencia del Poder Ejecutivo promoverá la creación de fideicomisos u otros procedimientos con el objetivo de obtener fondos para la compra de tierras.
El artículo 28º señala que «antes de comprar, expropiar o tomar en arrendamiento o en administración la tierra a colonizarse, se procederá por parte del INC a la tasación del inmueble y al estudio de la posibilidad de una explotación económica regular de la misma que justifique la operación.
Dentro del articulado se establece que «la propiedad, uso o goce de las parcelas que formen las colonias estarán afectados a los fines de interés colectivo, y que toda enajenación, gravamen o subdivisión, o la cesión en cualquier forma de disfrute, debe hacerse con la autorización previa del INC».
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