Costo de la reparación a víctimas
El Poder Ejecutivo estima en alrededor de 17,5 millones de dólares, el monto total de las erogaciones contenidas en el proyecto de ley de reparación integral a las víctimas de la dictadura, que actualmente se encuentra a estudio de una comisión parlamentaria.
En efecto, esta semana se remitió a la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senadores, la respuesta a un pedido de informes realizado por el legislador nacionalista Francisco Gallinal.
La respuesta del Poder Ejecutivo fue enviada a través del secretario general de la Presidencia de la República, basada en una estimación realizada por el Ministerio de Economía y Finanzas, según informó en la última sesión el presidente de la comisión, el socialista Reinaldo Gargano. La cifra exacta de la estimación, calculada hasta el presente, es de U$S17.425.764.
Las erogaciones abarcan las situaciones contempladas por los artículos 10, 11, 12 y 14 del referido proyecto, que refieren a las víctimas en el período comprendido entre el 13 de junio de 1968 y el 28 de febrero de 1985. El proyecto de ley original, enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento en mayo de este año, define en sus artículos 4º y 5º a quienes considera víctimas de la represión.
El artículo 4ª establece que son víctimas del terrorismo de Estado todas aquellas personas que hayan sufrido la violación a su derecho a la vida, a su integridad psicofísica y su libertad dentro y fuera del territorio nacional, desde el 27 de junio de 1973 hasta el 1º de marzo de 1985, por motivos políticos, ideológicos o gremiales.
En tanto, considera víctimas de la actuación ilegítima del Estado a todas aquellas personas que hayan sufrido violación a su derecho a la vida, a su integridad psicofísica o a su libertad sin intervención del Poder Judicial dentro o fuera del territorio nacional, desde el 13 de junio de 1968 hasta el 26 de junio de 1973, por motivos políticos, ideológicos o gremiales. En ambos casos, dichas violaciones deben haber sido cometidas por parte de agentes del Estado o quienes, sin serlo, hubiesen contado con su autorización, apoyo o aquiescencia.
El artículo 10º establece que las víctimas tendrán derecho a recibir en forma gratuita y vitalicia varias prestaciones médicas.
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