Hay 165 excedentarios y no 276
En tal sentido, Menéndez dijo que la normativa aprobada en el año 1996 tenía como objetivo «estimular el retiro voluntario de funcionarios públicos».
La jerarca citó el artículo de dicha ley del segundo gobierno de Sanguinetti, en el cual se establece que aquellas personas que resultaran excedentarias y no fueran redistribuidas en el plazo de un año, luego de la reestructura de cada oficina pública establecida por el Comité Ejecutivo para la reforma del Estado, «podían optar por un incentivo económico o permanecer como excedentes de la administración, sin concurrir a trabajar y percibiendo el sueldo, la compensación máxima al grado y su antigüedad». Bajo el amparo de la normativa «quedaron en esa situación laboral unas 276 personas luego de esa reestructura estatal, sin renunciar ni retirarse», aseguró. La Ley 16.736 de 1996 estableció el «régimen de excedencia de cargos y funciones contratadas de los funcionarios de la Administración Central, en virtud de su disponibilidad resultante de reestructuras». Transcurridos esos doce meses a los que hace referencia la ley, los funcionarios declarados excedentarios mantuvieron «todos los derechos emergentes de su situación funcional y percibieron su sueldo base, beneficios sociales, compensación por antigüedad y por ocho horas, y compensaciones extraordinarias». En consecuencia, esos funcionarios percibieron entre «$2.099 y $6.037″, explicó Menéndez. La norma tampoco permitía la reubicación hacia otras dependencias ni la destitución.
Acotó que luego de 13 años «algunos funcionarios pudieron trabajar en el Estado, gracias a una iniciativa de la gestión actual». Menéndez añadió que una nueva normativa habilitó a que 30 personas cumplan tareas transitorias, por el plazo de un año. «Ahora las oficinas estatales pueden recurrir a estas personas para desempeñar tareas transitorias cada vez que la administración lo requiera, por el plazo de un año, prorrogables».
Sin embargo, quien resulte convocado y no concurra luego de dos llamados, «comienza el trámite de renuncia tácita», aseguró Menéndez. La jerarca sostuvo que el Servicio Civil procuró «revertir esta situación, dentro de sus herramientas legales», y añadió que «es imposible derogar esta norma legal, aprobada por el Parlamento, porque creó derechos adquiridos por estos funcionarios y por lo tanto, tienen derecho a permanecer en esa situación jurídica, porque la Ley aprobada en 1996 los autorizó». La Oficina de Servicio Civil propuso, en la última Rendición de Cuentas, la posibilidad de reintegrarse. «Se presentaron 23 personas y las posibilidades fiscales admitieron el ingreso de 10 funcionarios», aseguró.
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