Fiscalía de Young apeló absolución de responsabilidad a funcionario de AFE
La Fiscalía de Young apeló la decisión del juez letrado Mario Suárez Suñol de absolver de responsabilidad penal al funcionario de AFE Ramón Parentini, por la tragedia acaecida en marzo de 2006 en esa localidad, durante el rodaje de una actividad para el programa «Desafío al corazón» (Canal 10).
La fiscal Alicia Ghione notificó hace 10 días su intención de apelar la decisión del magistrado y según pudo saber LA REPUBLICA mantendrá la postura adoptada por la anterior fiscal del caso, Silvia Blanc, al solicitar la condena del funcionario. La Fiscalía expondrá sus argumentos en los próximos días, dijeron fuentes judiciales.
Blanc consideró a Parentini responsable de la muerte de las ocho personas y de las lesiones sufridas por otras porque dio la orden de quitarle el freno a la locomotora cuando aún no estaba dispuesto hacerlo. «Por más que haya 400 personas jalando la soga, si no se hubiera sacado el freno el convoy no se hubiera movido», argumentaba.
Por tanto, la fiscal solicitó su condena a cinco años y ocho meses de prisión como «autor penalmente responsable de un delito complejo de homicidio culpable, calificado por el resultado muerte de varias personas, en concurso formal con reiterados delitos de lesiones gravísimas culpables».
Sin embargo, el juez Suárez Suñol resolvió la absolución de Parentini, con el argumento de que no se puede «cortar por el lado más delgado». El funcionario no puede ser considerado «el único responsable» de la tragedia porque su conducta «no se ejecutó en el plano ni en el rol natural», sino en un «ámbito de excepción» de un evento organizado e instrumentado por otros, dijo el juez.
La actividad fue organizada por la Comisión de Apoyo al Centro de Salud de Young con «conocimiento y aquiescencia de jerarquías y autoridades públicas», ante la necesidad de recaudar fondos para el hospital local. El evento fue «convalidado» por el Estado «para solventar sus cometidos esenciales, por los que reclama la ciudadanía», señaló.
Asimismo, los funcionarios de AFE no recibieron «instrucciones específicas» sobre la actividad a desarrollarse, ni los voluntarios de cinchar la locomotora fueron instruidos sobre cómo y cuándo hacerlo. «En lo referente a la seguridad, la omisión fue total», dice la sentencia absolutoria.
El magistrado consideró entonces «que el accidente no se hubiera producido de haber mediado una mínima exigencia de seguridad» y por tanto la «omisión del Estado en este caso desvanece el fundamento político-social de la imputabilidad de los delitos culposos y la condena penal es desproporcionada y carente de utilidad social».
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