Parlamento. Analizaron proyecto sobre Prevención y Control de Lavado y Financiamiento de Terrorismo

Valoran "vigilancia electrónica"

Las figuras de entrega vigilada, agente encubierto y vigilancia electrónica, fueron los principales ejes planteados durante el intercambio del pasado martes en la Comisión Especial Sobre Lavado de Activos y Crimen Organizado del Parlamento.

Los nuevos institutos a crearse «constituyen una herramienta fundamental sin la cual no sería posible realizar ningún tipo de investigación en el marco del crimen organizado», expresó Díaz.

La normativa actual «habla de escucha telefónica», pero el nuevo concepto de «vigilancia electrónica es muchísimo más amplio y abarca más aspectos que la simple escucha o la intervención de la correspondencia», dijo Díaz ante los senadores.

La vigilancia electrónica incluye «otros mecanismos de investigación que son mucho más que la escucha telefónica» como «la interceptación de los mensajes de texto, de los correos electrónicos o de los teléfonos satelitales; el seguimiento, la utilización de medios audiovisuales (o) la colocación de micrófonos», narró el magistrado.

«O sea que hay una gama absolutamente impresionante de medios, con muchos de los cuales el Estado ya cuenta, que pueden ser utilizados y quedan comprendidos dentro de ese sistema de vigilancia electrónica que entendemos sumamente positivo», indicó Díaz.

La jueza Gatti acotó entonces que «el Código del Proceso Penal prevé la interceptación de comunicaciones telefónicas. Por lo tanto, se utiliza, no digo todos los días, pero sí podemos decir que es un medio probatorio que se emplea para todo tipo de delitos». El proyecto de ley logra una «regulación más minuciosa» y procura «superar algunos problemas que existieron en la práctica», dijo.

El proyecto «consagra un equilibrio entre las necesidades de investigación de este tipo de delito que tiene el Estado y el respeto que éste debe a los derechos individuales», porque regula «los procesos de vigilancia electrónica en todo lo que tiene relación con algunos aspectos de la vida particular de los investigados que nada tienen que ver con el delito que se investiga», puntualizó Díaz.

La nueva reglamentación garantizará «los derechos de la defensa» porque tendría «derecho a conocer todas las escuchas telefónicas, no sólo una colección o lo que el juez o el fiscal seleccionen». «Esto se debe a un tema de prueba ilícita, porque podría llegar a pasar que, eventualmente, esta persona, en una comunicación telefónica con su defensa, manifieste, explique o diga dónde está determinado elemento del delito y en base a ella se realice algún tipo de actuación», dijo el magistrado. Por su parte, el ministro del Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) e integrante de la Comisión de Reforma del Código de Proceso Penal, Dardo Preza, consideró que esos elementos son los que merecen «mayor atención» y «despiertan inquietud como algo novedoso».

Si bien estos elementos son los que generan mayor «resistencia en la doctrina especializada (…) no podemos perder de vista que, lo que acá está en juego es una materia muy especial, donde las herramientas e instrumentos jurídicos tienen que ser mucho más eficaces», dijo Preza.

«En cierta manera, nos debemos apartar de los principios generales. Con estas precisiones y limitaciones, en principio decimos que sí a estos institutos, pero en la medida en que los Jueces especializados los apliquen con suma cautela y lo hagan desde un principio de eficacia y, además, de prudencia, so riesgo de comprometer el principio de la libertad». Los jueces deben recurrir a ellos «de modo excepcional», enfatizó Preza.

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