Justicia. Procurarán determinar testimonio sobre muerte del tupamaro Horacio Ramos en 1981

Autorizan inspección ocular a la "isla" del Penal de Libertad

El juez Penal de 3er. Turno, Sergio Torres, dispuso la semana pasada concretar una «inspección ocular» de la isla del Penal de Libertad para determinar si el testimonio del mayor (r) Pablo Rivero «es compatible» con los hechos acaecidos en 1981, ante la muerte de Horacio Ramos.

La «inspección ocular» pretende determinar si la versión aportada por el militar es verosímil con el contexto espacial del celdario, en el cual Horacio Ramos amaneció ahorcado una mañana de 1981. La reconstrucción será dirigida por el juez Torres, y contaría con la participación de la fiscal Mirtha Guianze, de un médico forense y del propio mayor Rivero. La fecha de la inspección aún no fue definida.

La reconstrucción fue solicitada por la Fiscalía en base a un informe técnico forense por el cual se recomienda la concreción de la inspección ocular para determinar si la forma en que fue descolgado el cuerpo de Ramos y la posición en que fue colocado, coinciden con la aportada por el militar durante la investigación de la época, indicaron fuentes del caso a LA REPUBLICA.

Horacio Ramos era empleado bancario y militaba en la Columna 10 del MLN-T, cuando fue detenido por efectivos de las Fuerzas Conjuntas y procesado por la Justicia Militar, en 1973. Ramos permaneció nueve años recluido en el 2º piso de la cárcel de máxima seguridad, destinada a prisioneros políticos durante la última dictadura y, cuando se avizoraba el fin del régimen dictatorial apareció ahorcado en su celda.

La muerte de Ramos sorprendió a todos sus compañeros de prisión. La versión oficial avalaba la tesis del «suicidado», pero varios elementos fomentan la tesis del homicidio, tras ser sometido a un castigo físico (tortura) de sofocamiento con una cuerda.

La indagatoria judicial por la muerte de Horacio Ramos comenzó luego que el Poder Ejecutivo excluyera su caso de la Ley de Caducidad al considerar que los mandos militares y policiales de la dictadura no están amparados por la pretensión punitiva del Estado consagrada en dicha ley.

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