SISTEMA AFECTADO POR OPERATIVA

«La normativa uruguaya establece la libre movilidad de los metales preciosos», pero esa «libertad de negocios no es ilimitada ni puede habilitar la realización de cualquier tipo de operativa, sino que debe ejercerse dentro de ciertos parámetros éticos que hacen a la transparencia e integridad de los mercados financieros», dice el peritaje técnico producido por la Comisión asesora al Juzgado de Young.

El informe firmado por el titular de la Secretaría Antilavado de Presidencia, Ricardo Gil Iribarne, el director de la UIAF del Banco Central, Daniel Espinoza, y la perito del ITF, Elida Pardo, dice que: «la modalidad operativa utilizada para realizar las transacciones descriptas en estas actuaciones, no sólo supone el incumplimiento de normas administrativas vigentes sino que también puede exponer a nuestro país a repercusiones internacionales negativas, ya que se estarían violando también disposiciones vigentes en los países limítrofes». Por tanto, «el mantenimiento de esta situación puede afectar seriamente el prestigio de nuestro sistema financiero».

Según la investigación, los cambios indagados por la Justicia incumplieron «las exigencias en materia de debida diligencia con los clientes». «Ese incumplimiento limita fuertemente la posibilidad de determinar la eventual existencia de lavado de activos y otros delitos, hipótesis que debe ser considerada en virtud de los elementos acumulados en la investigación, los componentes de ocultamiento y la difusa identificación de algunos actores».

«La inexistencia de elementos básicos exigidos por la normativa a los efectos de establecer la situación patrimonial, económica y financiera o justificar el origen de los fondos manejados por el cliente, determinan la imposibilidad de establecer si en las operaciones analizadas los fondos proceden de actividades ilícitas», expresa el informe.

Sin embargo, «dado que los principales clientes (de los cambios) están radicados en Argentina y Brasil, deberá estarse a la información que pueda provenir de las autoridades de esos países», consignan los peritos. El conciso informe narra toda la normativa uruguaya en materia de compra y venta de metales preciosos y de prevención de lavado de activos.

El juez Letrado de Young, Mario Suárez Suñol, otorgó oportunamente a la Secretaría Antilavado «las facultades para activar los mecanismos de cooperación internacional» para recabar toda la información en Argentina y Brasil sobre los clientes extranjeros de los cambios uruguayos.

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