No trasladarán causas iniciadas en 2008 a los Juzgados Especializados
Los expedientes iniciados antes del 1º de enero de 2009 y relacionados con delitos comprendidos en la Ley 18.362, por la cual se crearon los Juzgados Especializados en Crimen Organizado, permanecerán en las sedes de origen, tras el acuerdo alcanzado ayer por los ministros de la SCJ.
La resolución pone fin a la disyuntiva creada por el posible trasiego de expedientes hacia estas sedes. La Corporación librará el próximo lunes una circular hacia todos los jueces penales, en la cual se detallará que en los expedientes con posible competencia de los Juzgados Especializados se deberá instruir en base al artículo 12 del Código General del Proceso y del artículo 8 de la Ley Orgánica de la Judicatura. La disposición contempla, por tanto, que «el Juzgado que entiende en una causa sigue hasta la resolución definitiva», explicó el presidente de la SCJ, Jorge Larrieux, a LA REPUBLICA. «Esto significa que no habrá ningún traslado de expedientes hacia los Juzgados Especializados», y los mismos entenderán en las causas iniciadas desde el pasado 1º de enero. La decisión procura evitar «futuras contiendas de competencia y dilatorias en los trámites de los expedientes», señaló Larrieux.
La SCJ analizaba hasta ayer dos posturas para dirimir la disyuntiva: una por la cual se proponía que ningún expediente en trámite en los juzgados penales se remita a las nuevas sedes, y la otra por la cual se pretendía habilitar el pasaje de todos aquellos expedientes relativos a delitos de crimen organizado, salvo los que estén próximos al dictado de la sentencia definitiva. La primera opción primó, y todas las causas se mantendrán en sus juzgados de origen. Asimismo, otra opción analizada por los ministros era permitir la remisión de los expedientes con delitos comprendidos en la Ley 18.362 que se tramitaran en los juzgados penales de 4º y 7º Turno, antiguos despachos de los noveles jueces especializados, Jorge Díaz y Graciela Gatti.
Sin embargo, esa postura también fue descartada, por lo cual los procesos contra los hermanos Peirano por la quiebra fraudulenta del Banco Montevideo y los megaoperativos de narcóticos «Operación Cancerbero» y «Cancerbero II» serán resueltos por los futuros jueces designados en esas sedes. En tanto, la SCJ sí remitirá un proyecto de ley al Parlamento para «solucionar temas» no comprendidos en la Ley 18.362. Los mismos refieren al tema de la «reiteración», es decir, cuando una persona comete un delito de hurto y otro de narcotráfico, y el de «unificacion de penas», si la persona posee un juicio por hurto y una sentencia en un Juzgado Especializado. La postura de la Corporación es que en ambos casos es competente el Juzgado Especializdo, «pero todo queda a criterio del Parlamento», indicó Larrieux. Los Juzgados Especializados tendrán competencia nacional en los delitos de lavado de activos, de terrorismo, delitos tributarios, de quiebra fraudulenta e insolvencia societaria fraudulenta y tráfico de armas, entre otros. Además, en Montevideo y Canelones se extiende a delitos contra la administración pública, de falsificación y alteración de moneda, delitos cometidos por un grupo criminal organizado, de droga, de propiedad intelectual y de marca.
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