BPS. Los principales cambios introducidos por el gobierno del FA en el sistema previsional del Uruguay

Batería de leyes beneficia a miles de trabajadores, jubilados y pensionistas

El presidente del Banco de Previsión Social (BPS), Ernesto Murro, dijo que este grupo de normas son «beneficiosas para la gente» y constituyen «la respuesta del gobierno a una serie de necesidades de la población».

Algunas están dirigidas a la ciudadanía en general y otras resuelven problemas puntuales de sectores que venían reclamando soluciones desde hacía décadas, como es el caso de ex trabajadores de la construcción, frigoríficos y de las represas de Palmar y Salto Grande.

A nivel del BPS, se está trabajando intensamente en la implementación de la nueva normativa. Algunas leyes fueron aprobadas por el Parlamento exclusivamente con votos de los legisladores oficialistas, mientras que otras tuvieron el apoyo de parlamentarios de la oposición.

«Uruguay tiene desde el año 2008 el primer lugar en América Latina en materia de protección social, por lo tanto, seguiremos avanzando por el mismo camino, facilitando el acceso de la gente a la seguridad social, que es un derecho humano fundamental», enfatizó el titular del BPS. «Ahora es distinto: cuanta más crisis hay, se responde con mayor protección social», agregó.

En extensa entrevista con LA REPUBLICA, el jerarca explicó al detalle cada una de las leyes y los sectores beneficiados.

 

Acceso a la jubilación

Murro destacó la Ley 18.395, de flexibilización de las condiciones de acceso a la jubilación común, como una de las principales del actual período. La primera parte entra en vigencia el 1º de febrero. Por un lado, reconoce a la mujer trabajadora por el número de hijos. Para el cálculo jubilatorio le adiciona 1 año de trabajo por cada hijo, hasta un máximo de 5. A algunas les servirá para completar los años para jubilarse y a otras para mejorar el porcentaje de la pasividad.

También en febrero, comenzará a regir un primer capítulo en la rebaja de los años de edad requeridos para jubilarse. Hasta el momento, se requieren 60 años de edad y 35 de trabajo o por edad avanzada 70 de edad y 15 de trabajo. Desde febrero, se podrán jubilar por edad avanzada personas con 70 años y 15 de trabajo (como ahora); 69 de edad y 17 de trabajo o 68 y 19. Desde el 1º de enero de 2010, con 67 de edad y 21 de trabajo; 66 y 23; 65 y 25.

En tanto, desde el próximo 1º de julio comenzará a regir la rebaja de años de servicio, que pasa de 35 a 30, y 60 años de edad, aspecto que beneficiará a un importante número de trabajadores.

Por otro lado, desde el 1º de febrero habrá flexibilidad para acceder a jubilaciones por incapacidad. Se eliminó el requisito que obligaba a estar registrado en el BPS en los 6 meses previos a que se declare la enfermedad y también los dos años posteriores al cese.

 

Mejoras en seguro de paro

La Ley 18.399 modifica a partir del 1º de febrero el régimen del Seguro de Desempleo administrado por el BPS.

El presidente del organismo dijo que uno de los sectores beneficiados serán los trabajadores «cincuentones», especialmente perjudicados con el cierre de empresas en épocas de crisis, quienes bajo determinadas condiciones podrán permanecer el doble de tiempo en el seguro de paro.

A su vez, se flexibiliza el acceso para los trabajadores eventuales, zafrales o de tiempo parcial. Actualmente, se exigen 150 jornales o 6 meses de trabajo en los últimos 12 meses. Ahora se permitirá alcanzar los jornales necesarios, tomando en cuenta un plazo mayor de trabajo.

Los trabajadores con varios empleos podrán acceder al Seguro de paro cuando pierdan uno de los trabajos. Murro puso como ejemplo el caso de un trabajador con un empleo por $10 mil de salario y otro por $ 2 mil. Si pierde el trabajo mayor, a partir de febrero podrá seguir trabajando en el de $2 mil y cobrará el Seguro que le corresponde por el de $10 mil. También aumenta al doble el mínimo a cobrar, que pasa de 0,5 Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) a 1 BPC.

Se modifican los porcentajes para el cobro del Seguro, aunque el monto total en los seis meses será el mismo. Hasta ahora se percibe el 50% del salario y 20% más quienes tienen familia a cargo, en idéntico porcentaje cada mes. A partir de febrero, el primer mes se cobrará el 66% más el 20% cuando corresponda, luego va descendiendo hasta llegar al sexto mes con un 40%. La idea es que se cobre más durante los primeros meses, en la etapa de transición por la pérdida del trabajo, y menos al final, procurando estimular la búsqueda de empleo y la reinserción laboral.

También se crea un registro del uso de las prórrogas por parte de las empresas, procurando tener un mayor control y autorizándose solamente las necesarias, explicó Murro.

 

Jubilaciones en la construcción

La Ley 18.355 contempla la reliquidación de 15 mil a 20 mil pasividades de trabajadores de la construcción desde 1975 a la fecha, explicó el jerarca. Si bien la norma está vigente desde el pasado 1º de octubre, en los hechos los primeros beneficiados comenzaron a cobrar en enero y en los próximos meses la cifra irá aumentando, debido a que se están estudiando los casos individualmente.

Las pasividades en general se liquidan tomando como base el ingreso bruto del trabajador. En cambio, en la construcción históricamente se liquidaban tomando el ingreso líquido, lo que disminuía sus pasividades en relación al resto de los trabajadores. Esta ley corrige la situación para los períodos trabajados en la construcción.

En enero cobraron las primeras decenas de beneficiados, pero en febrero estarán recibiendo la mejora exactamente 3.458 jubilados y 2.045 pensionistas. Quienes entiendan que están contemplados por esta norma, deberán presentarse en las oficinas del BPS hasta el 31 de marzo de 2009, para tener derecho desde el pasado 1º de octubre. Si lo hacen después, el derecho regirá desde ese momento.

Este nuevo sistema de cálculo también beneficia a los actuales trabajadores de la construcción, porque al momento de jubilarse se les liquidará por este régimen.

 

Antigüedad por licencia

Las Resoluciones del BPS Nº 29/2 y 40/2, reconocen por primera vez a los trabajadores de la construcción, la antigüedad en el trabajo para el cobro de la licencia.

Cualquier trabajador de la actividad privada tiene 1 día más de licencia a partir del quinto año de labor; a los 8 años 2 días más; y luego 1 día más cada 4 años, hasta un máximo de 5. En la construcción no existía la acumulación de antigüedad, explicó el titular del BPS, porque a lo largo del año trabajan en distintas obras y en diferentes empresas. Sin embargo, a partir de ahora se aplicará un sistema para que el BPS, que es quien les paga la licencia, les vaya acumulando la antigüedad y puedan tener más de 20 días de licencia anual reglamentaria, en los casos que corresponda.

 

Pensión a concubinos

Murro señaló que la Ley 18.246 otorga derecho a los concubinos a recibir una pensión, en caso de fallecimiento de su pareja. Si bien la ley de unión concubinaria está vigente desde el año pasado, los derechos jubilatorios comenzaron a regir a partir de enero.

El BPS se encuentra actualmente abocado a la etapa de implementación, ya que incluso todavía no ha sido publicado el decreto reglamentario. En cuanto sea promulgado, que seguramente será en los próximos días, se comenzará a aplicar el nuevo decreto.

 

Caja Bancaria

La Ley 18.396 modificó a partir de este año el régimen previsional de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias. Actualmente, el BPS, los ministerios de Trabajo y Economía y las autoridades de la institución están trabajando en conjunto para encarar el actual período de transición. Se está procesando el traspaso de las empresas y trabajadores que venían aportando al BPS y ahora pasan a la Caja.

Murro trasmitió una primera tranquilidad a los trabajadores y trabajadoras actualmente en uso de licencia por enfermedad o maternidad, a quienes están en el Seguro de Desempleo o usufru
ctuando cualquier otro subsidio, porque el BPS les seguirá brindando cobertura, pese a que desde el 1º de enero pertenecen a la Caja Bancaria.

 

Palmar y Salto Grande

Una Resolución del BPS beneficia a más de 2.000 ex trabajadores de ambas represas, a quienes se les reliquidarán las pasividades. Hacía 30 años que venían reclamando por su situación.

La represa de Salto Grande se comenzó a construir en 1973 y la de Palmar en 1977. Durante las obras, la mayoría de los trabajadores recibieron muy buenas remuneraciones, pero una vez culminadas ambas construcciones se dedicaron a otras actividades y generalmente vieron reducidos sus ingresos.

Una comisión integrada por representantes de los trabajadores y funcionarios del BPS, realizó un proceso de reliquidación de estas pasividades. El propio presidente del organismo, Ernesto Murro, concurrió por este tema a una asamblea en Salto con presencia de más de 2 mil trabajadores y otra en Fray Bentos con 500.

A partir de ahora, en vez de realizarse la liquidación por los últimos 10 años se realizará por los 20 mejores, como habilita la ley. Esto permitirá incluir los años de trabajo en las represas, en base a la documentación en poder del BPS y otra aportada posteriormente, por lo que muchos de ellos tendrán una notoria mejora en sus ingresos.

Algunos incluso recibirán mejoras por partida doble, porque serán beneficiados por la presente resolución y también por la ley de la construcción Nº 18.355.

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