Ni a favor ni en contra
La actual integración entre coaligados y opositores y las nuevas normas constitucionales impiden alcanzar las mayorías especiales necesarias. Se da lo que nunca: un empate técnico. De esta manera, se cierra un inédito proceso de discusión presupuestal, marcado por equivocaciones de redacción, omisiones de los poderes Ejecutivo y Legislativo y erratas que llegaron a incluir los montos asignados, por ejemplo, a la educación pública.
El diputado quincista Daniel García Pintos, que tras haber brindado el informe en mayoría del Presupuesto renunció a la presidencia de la Comisión que analizó el mensaje presupuestal del Poder Ejecutivo «por razones personales», dijo a LA REPUBLICA que lo más probable es que no existan los votos necesarios «para levantar los vetos ni para confirmarlos».
La conformación del actual escenario parlamentario tanto en la Cámara de Diputados como en el Senado, impide que se registren las mayorías especiales en el estudio de los vetos al Presupuesto del Poder Ejecutivo. Cuando se dispara este mecanismo parlamentario, comienza a correr otra instancia que es el tiempo. Constitucionalmente (artículo 139 de la Carta Magna) el Poder Legislativo cuenta con 30 días para expedirse sobre las objeciones interpuestas por el Poder Ejecutivo a las leyes remitidas desde el Parlamento. El tiempo comenzará a correr a partir del próximo miércoles 17, un día después de que sesione la Asamblea General citada para el martes 16 a las dos y media de la tarde.
De no existir pronunciamiento alguno ya sea por la Asamblea General o por algunas de las dos cámaras, se entiende que los vetos del Ejecutivo quedan confirmados, según la nueva lectura de la Constitución modificada en 1996. En este caso concreto, el silencio de los legisladores se entiende como un «sí» a las objeciones del gobierno a los 37 artículos del Presupuesto.
García Pintos adelantó que los votos no alcanzarán para un pronunciamiento en contra ni a favor «por la composición misma de la Asamblea General. Además, el Presupuesto se cuenta por votos en cada cámara y allí tampoco es viable alcanzar mayorías especiales».
Los votos no alcanzan
Por su parte, el senador del Foro Batllista Ruben Correa Freitas, resaltó que «en estos casos hay que tener en cuenta que la Constitución establece una mayoría de tres quintos de los miembros presentes de cada una de las cámaras y no de los tres quintos del total del componente de la Asamblea General sino de los presentes y sabido es que siempre hay ausencia de legisladores».
Sin embargo, en la hipótesis de que en sala se encuentren los 130 parlamentarios –posibilidad muy lejana– los votos tampoco alcanzarían. El senador destacó además que se computan los tres quintos por cada cámara. «Si en alguna de las dos cámaras no se alcanzan los tres quintos de los legisladores presentes, no hay votos suficientes para levantar las objeciones interpuestas por el Poder Ejecutivo». Correa Freitas descartó que un no pronunciamiento tácito legislativo sobre los vetos presidenciales a los artículos del Presupuesto se traduzca en un menor apoyo político al articulado. «El silencio significa una expresión de voluntad del Poder Legislativo» afirmó «y esa expresión es un sí a los vetos».
Correa Freitas ejemplificó con el mecanismo que se instrumentará con el estudio de la Ley de Urgente Consideración. Si el Parlamento no se pronuncia en los plazos establecidos por la Constitución, se considera aceptado el proyecto de ley. «La coalición de gobierno no tiene los votos suficientes para poder aceptar los vetos interpuestos del Poder Ejecutivo y la oposición tampoco lo tiene para levantarlos. En consecuencia, se da lo que nunca se registró: un empate técnico».
Maestros contra un veto
La Federación Uruguaya de Magisterio (FUM) manifestó su condena a la decisión del Poder Ejecutivo de vetar el artículo 549 del Presupuesto Nacional, que autoriza y financia la regularización de todos los funcionarios contratados por las comisiones de fomento de las escuelas durante los años 2001 y 2002. Estas comisiones, según la FUM, cumplen una «ingente tarea para paliar la falta de personal de limpieza, de comedores, de mantenimiento y de apoyo en clases especiales y preescolares».
Por otro lado, manifestó su respaldo a la objeción interpuesta a los artículos 545, 546 y 547 que imponen nuevos contenidos en los programas de la educación pública. Los asuntos «son de innegable importancia», admite la FUM, pero «resulta a todas luces inconstitucional que el Parlamento determine programas, docentes y horarios por lo cual los vetos se ajustan a derecho y respetan la autonomía de la enseñanza».
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