MULTAS A VEHICULOS DE CARGA
La Intendencia de Montevideo (IMM) envió a la Junta Departamental un proyecto de decreto para establecer las sanciones por el incumplimiento del nuevo reglamento de circulación para el transporte de cargas, aprobado en marzo por la comuna. Hasta ahora el nuevo reglamento no se estaba controlando, en espera de la aprobación de las sanciones correspondientes. La multas van desde las 20 Unidades Reajustables hasta las 350, el máximo legal vigente. Actualmente no existen sanciones a las empresas de transporte, que, debido a que no había legislación, podían circular por toda la ciudad sin restricciones. El reglamento para el transporte de cargas divide la ciudad en tres zonas en forma de anillos, y cada una está sujeta a distintas condiciones de circulación. La zona A incluye el centro, la zona costera al área central y el Cerro, la zona B está delimitada por el colector vial perimetral, actualmente en construcción, por la ruta 5 al oeste, el arroyo Carrasco al este y las calles José Pedro Varela, 20 de Febrero y Camino Carrasco al sur, mientras que la zona C va desde el colector vial perimetral hasta los límites de Montevideo, concentrando principalmente el área rural de la ciudad. En la zona A los camiones podrán circular solo en horario nocturno, y por rutas fijas, en la zona B los camiones deberán respetar rutas específicas, aunque no tendrán límite de horario. En la zona C podrán circular camiones sin límite de peso y sin límite de tiempo, aunque también se mantienen las rutas. Sin embargo, la IMM concederá permisos especiales a aquellas empresas que fundamenten el pedido. El proyecto establece multas de 20 UR si el camión no cumple con los requisitos, de 30 UR para los que circulen con el permiso de circulación vencido o no cumplan con los recorridos, de 40 UR para los camiones que circulen con más peso del permitido, y de 50 UR para los que no tengan el permiso especial que otorga la IMM. En caso de reincidencia, multas graduables entre 100 y 350 UR.
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