NUEVOS RECURSOS POR IRPF

En la Acción de Inconstitucionalidad sobre la aplicación del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a jubilaciones y pensiones presentada por el abogado Hugo De los Campos ante la Suprema Corte de Justicia (SCJ), en la cual figura el ex diputado del Frente Amplio Thelman Borges, están comprendidos otros 195 pasivos de diversas cajas de jubilaciones públicas y sectoriales.

La mayoría de los querellantes son pasivos pertenecientes al Banco de Previsión Social (BPS) y la Caja Bancaria, pero también hay jubilados y pensionistas de la Caja Profesional, Notarial y en menor cantidad de la Dirección Nacional de Asistencia Social Policial y del Servicio de Retiros y Pensiones de las Fuerzas Armadas.

Uno de los puntos principales del escrito tiene que ver con la «naturaleza» jurídica de la pasividad, afirmándose que la misma no constituye una «renta», ya sea por los conceptos de la ciencia económica, como por las «definiciones concretas de normas correspondientes al derecho jubilatorio». En el escrito se remarca que las pasividades no son «rentas» y que por ende no pueden ser afectadas por el IRPF.

En otro de los pasajes del documento se hace mención a que luego de la reforma constitucional de 1989 «las pasividades sólo pueden ser gravadas por tributos que estén afectados al financiamiento de las mismas», y sobre ello se hace hincapié en que el tributo no está afectado al financiamiento de las pasividades, «tal como lo impone estrictamente» la Constitución.

También se hace mención a que las jubilaciones «nunca pueden ser consideradas rentas», ya que se estaría violando el artículo 7 de la Constitución, pues se sostiene que se desconoce el derecho a la seguridad pública, y el artículo 8, «que edicta el principio de igualdad ante la ley, porque grava en forma idéntica lo que es renta y lo que no lo es, tratando pues en forma idéntica a los dos grupos de habitantes».

Las sentencias que la SCJ ya notificó, dando la razón a los demandantes, se basaron en el artículo 8.

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