Escrito por: Raúl Legnani

Es grave, muy grave. Me refiero a la resolución por mayoría de la Suprema Corte de Justicia estableciendo la inconstitucionalidad de la aplicación del IRPF a las jubilaciones.
La señal es clara: en un pequeño país de América del Sur cuyo nombre es una ubicación geográfica hablamos de la república que está al oriente del Río Uruguay- está prohibido redistribuir la riqueza. Se habla, en estos días, que en su escudo se escribirá la siguiente leyenda: “Uruguay, país al servicio de los jubilados ricos”. Todo gracias a tres miembros de la Suprema Corte de Justicia, que se les escapó la moto. Todo esto da vergüenza, propia y ajena. Incluso da mucho más vergüenza cuando se conoce que un sindicato, el de los trabajadores municipales de Montevideo, también quiere que no se le aplique el IRPF a sus salarios, que por cierto no son nada bajos.
Hablando en serio, porque el tema da para ponerse serios, se puede afirmar que se está ante una peligrosa situación, porque la resolución por mayoría de la SCJ altera el equilibrio necesario entre los poderes de una sociedad democrática como la nuestra.
El ministro Leslie Van Rompaey, uno de los dos que declaró constitucional la aplicación del IRPF, estableció en negro sobre blanco: “Acoger la acción de inconstitucionalidad del IRPF resulta en rigor un exceso o desborde que afecta el equilibrio institucional que hace a la esencia del Estado de derecho. Quienes deben juzgar la bondad o la inconveniencia de la política tributaria que impulsa el gobierno nacional son los ciudadanos y para ello disponen del control soberano en el acto electoral”.
En estas pocas palabras, de amplio contenido democrático, hay una idea básica que es cuando sostiene que se está, con la declaración de inconstitucionalidad, “ante un exceso o desborde que afecta el equilibrio institucional que hace a la esencia del Estado de derecho”.
Algunos ejemplos pueden ayudar a mostrar el alcance de las palabras del Ministro de la Corte. Como es sabida la democracia uruguaya está sostenida sobre tres pilares o poderes: el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial. Cada uno tiene sus competencias específicamente determinadas por la Constitución de la República que es el pacto escrito que establecimos los uruguayos, para poder convivir.
El Poder Ejecutivo no puede, por ejemplo, condenar a prisión a un ciudadano. Esa es tarea del Poder Judicial, como tampoco puede hacerlo el Poder Legislativo.
Si esto ocurriera, el Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo estarían “ante un exceso o desborde que afecta el equilibrio institucional que hace a la esencia del Estado de derecho”. Lo que sería muy grave. Estamos, entonces, ante una decisión de la SCJ que pone en cuestión a todo el sistema democrático, si es que se comparte el razonamiento de Van Rompaey.
Esto es grave y genera toda una situación compleja, donde el gobierno tiene una gran responsabilidad en la búsqueda de una salida que permita el equilibrio institucional y la aplicación del programa de gobierno.
Walter Pernas, periodista de Brecha y sabueso de AM LIBRE, recordó que el presidente de la SCJ Jorge Ruibal, que votó la inconstitucionalidad de la aplicación del IRPF, coincidió con Van Rompaey y Daniel Gutiérrez (los dos de la minoría), en que “no se trata de que exista una prohibición de rango superior que impida gravar con impuesto a la renta a las jubilaciones y pensiones, ni que éstas sean intangibles de modo tal que los jubilados y pensionistas están exonerados de contribuir con las cargas públicas”.
Por aquí se puede abrir una puerta para que la redistribución de la riqueza, bien asesorada jurídicamente, no quede sólo en buenas intenciones.
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