Actual jefe de Policía justificó el quiebre institucional de 1973
El trabajo, de 27 páginas, sobre «Derecho Constitucional – Régimen Institucional Vigente», tenía el objetivo de «ubicar en forma suscinta a los funcionarios policiales, que deban rendir examen en la materia Derecho Constitucional, para lo cual han sido extraídos de los actos institucionales los cometidos, integración, funciones, atribuciones y alcance de cada uno de los órganos creados para la reorganización institucional del país», reza el texto.
Martinelli cuestiona en el texto de formación policial la separación de poderes del Estado proclamado por Montesquieu en el «Espíritu de las Leyes». El autor interpreta al pensador francés asegurando que si bien estableció la separación de funciones, «es esto lo que ha llevado a error al mantenerse la separación de poderes, haciendo que cada uno de ellos tuviera entre sí una autonomía casi absoluta, cuando sin embargo debió comprenderse que el poder del Estado es uno solo y es ejercido por medio de sus órganos de gobierno».
«Muchas veces, al Derecho se le debe interpretar, pero otras se hace necesario integrarlo» pues muchas veces no está escrito, siendo «inherente a la calidad humana y a la forma democrática de gobierno», agrega el manual.
Este precepto «fue el que sirvió de base angular para el inicio del proceso de institucionalización, a raíz de la situación imperante en el año 1972″, donde campeaba «la corrosiva labor de destrucción, llevada adelante por organizaciones antinacionales», que se escudaban en las «lagunas de una Constitución benigna» y que finalmente culminaron con un «Estado de Necesidad».
Martinelli justifica en su escrito el golpe de Estado del 27 de junio de 1973, ya que «ante el Estado de Necesidad imperante» fue necesario «tomar medidas de excepción como responsable de la salvaguarda de los intereses y seguridad del Estado».
«La sedición estaba en la calle, no tenía frenos, atacaba la fuerza del orden, mataba Policía que se encontraba de guardia, tiraba bombas a soldados», etc., por lo que «ante la disolución del Parlamento, el Poder Ejecutivo decidió tomar las riendas del Estado, para emprender de ahora en más un proceso de cambios y depuración, que se le ha dado en llamar Proceso Revolucionario Uruguayo».
En el período 1976 – 1977 se dictaron los «actos institucionales» con el fin de prevenir transitoriamente «algunas carencias» y permitir adecuar «la actividad del Estado frente a la subversión nacional e internacional, restableciendo paulatinamente el orden jurídico, social, económico y moral de la Nación hasta la aprobación de la nueva Constitución».
Finalmente Martinelli siguió «la obligación moral de recordar» que «el comunismo no ha desaparecido, está entre nosotros, esperando el momento oportuno para dar su artero zarpazo» al que «nosotros les responderemos con laboriosidad y hechos, para corroborar aquella frase de Artigas al decir: Nuestra unión será el mejor aliado contra toda y cualquier clase de opresión». El texto «Derecho Constitucional – Régimen Institucional Vigente» está firmado por el entonces oficial S-Ayte Luis Martinelli Picart, que actualmente ocupa la titularidad de la Jefatura de Policía de Treinta y Tres e interinamente también la de Cerro Largo.
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