Nuevas leyes. El Poder Ejecutivo prepara una serie de normas complementarias antilavado de activos

Batería contra el crimen organizado

El Poder Ejecutivo trabaja en la elaboración de un conjunto de proyectos de ley antilavado de activos a través del cual se incluye, entre otras cosas, la tipificación del delito de "falsificación marcaria" y la creación, en todo el país, de juzgados especializados en crimen organizado.

Escrito por: Mauricio Cavallo

Miércoles 09 de enero de 2008 | 8:48
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"Falsificación de marcas". La "vedette" delictiva del siglo XXI después del narcotráfico.

La actual administración también tiene el propósito de mejorar los mecanismos de prevención y control del ingreso al país de divisas provenientes de actividades ilícitas, y realizar un eficaz seguimiento de las organizaciones que están detrás de esas actividades.

Si bien desde el gobierno se considera “positiva” la Ley 17.835 de 2004 por la cual se establece un sistema de prevención y control del lavado de activos y de la financiación del terrorismo, de todas maneras se entiende que la norma puede ser mejorada a través de un paquete de medidas.

Es que el universo del crimen organizado ha perfeccionando su accionar en forma acelerada en todo el mundo, y por ello se hace necesario cada vez más acompasar la legislación.

El director de la Secretaría Nacional Antilavado de Activos (SNAA), Ricardo Gil Iribarne aseguró a LA REPUBLICA que la intención del gobierno es avanzar y mejorar la normativa existente a través de diversos proyectos de ley que deberían estar aprobados a mitad de año.

El jerarca aseguró que a través de una de las iniciativas se buscará ampliar la lista de delitos provenientes del lavado de activos. “Si bien los principales delitos están comprendidos en la legislación vigente, los procesamientos han sido por lavado de activos provenientes del narcotráfico y no por otros delitos que también están tipificados, como actividades de contrabando y proxenetismo; y otros ni siquiera existen en la legislación”, dijo Gil Iribarne. Es por ello que se incorporará a la legislación uruguaya el delito de lavado de dinero proveniente de la “falsificación marcaria”. El FBI considera la falsificación marcaria o falsificación de marcas como “el delito del siglo XXI”, actividad que mueve anualmente “más de U$S 500 billones”.

Las marcas falsificadas que se pueden encontrar en mercados de todo el mundo van desde relojes, hasta lentes, perfumes, carteras, calzado deportivo o vestimenta y en general muchas de ellas no cuentan con las normas de calidad y salubridad requeridas.

Se trata de actividades asociadas a grupos internacionales de crimen organizado. “Se han detectado organizaciones que trabajan con contrabando, droga y falsificaciones de marcas en todo el mundo”, aseguró Gil Iribarne.

 

Juzgados especializados

Por otro lado, el gobierno prevé crear en todo el país juzgados especializados en delitos de lavado de activos y crimen organizado, iniciativa con la cual tanto jueces como fiscales estarían de acuerdo.

Para ello se propondrá “capacitar a jueces y fiscales” y, por otro lado, crear equipos multidisciplinarios integrados por especialistas de Impositiva, Economía y de la SNAA.

Esto implicaría la creación de cargos, lo que se establecería en la próxima Rendición de Cuentas. “Los juzgados penales comunes están saturados de problemas y no se encuentran en condiciones de absorber una problemática que implica especialización, porque en el crimen organizado aparecen estructuras societarias de distintos países, transferencia de bienes, hipotecas y remesas”, acotó el jerarca. Por otro lado, se estudian normas para “ampliar la lista de los sujetos de seguridad, es decir de los sectores que tienen que brindar información en materia de prevención de lavado de activos”. También se estudia una regulación en materia de zonas francas y del sector inmobiliario los cuales hoy están obligados a brindar información sobre operaciones sospechosas, “pero que no se está aplicando correctamente”.

 

EMBARGOS, SIN  DECOMISOS

El director de la Secretaría Antilavado de Activos, Ricardo Gil Iribarne, explicó que ante la presunción de un hecho ilícito, se le solicita al juez que adopte medidas cautelares para que los bienes provenientes de actividades presuntamente fraudulentas “no desaparezcan”. Eso implica “trabar embargos específicos o genéricos”, mientras se ejecuta el proceso.

En tanto que el “decomiso” es cuando los bienes apropiados ilegalmente por parte de una persona sentenciada pasan al Estado para ser volcados a la sociedad en apoyo a la Policía y los juzgados.

“El primer procesamiento por lavado de activos en Uruguay fue en el año 2005, y si bien hubo sentencia el año pasado, no había bienes implicados. Mientras que en los casos de 2006 y 2007 aún no ha habido sentencia, por lo cual puede haber medidas cautelares, pero los bienes siguen estando a nombre de las personas implicadas hasta que haya sentencia”, aclaró.

Por lo cual, “todavía no han entrado bienes al Fondo de decomiso aunque sí hay bienes provenientes de narcotráfico donde ya había sentencia”.

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