En la resolución que dejó a Raincoop sin la línea a Parque del Plata el ministro contradijo la opinión de cinco integrantes del TCA, de dos fiscalías y de los abogados del MTOP

Para el TCA hubo "desviación de poder" de Lucio Cáceres

«Cuando se encontró con que el TCA, las dos fiscalías de gobierno y los abogados de su propio ministerio habían informado en contra de su resolución», dijo a LA REPUBLICA una fuente política que accedió al expediente, «el ministro Cáceres no tuvo mejor idea que recurrir a la opinión no relevante ni vinculante de Peri Valdez para dejar fuera de mercado a Raincoop, sin tener ningún argumento jurídico que lo respalde».

El informante –quien pidió mantener el anonimato hasta que su bancada legislativa adopte una posición respecto al tema–, sostuvo que el ministro sería pasible de «juicio político» y que habría incurrido en «desacato» ante una resolución del TCA que lo obligaba a respetar un permiso en manos de Raincoop.

«Además desoyó a dos fiscales de gobierno y contradijo a los abogados de su propio ministerio, y sólo se basó en la opinión del fiscal de Corte, que carecía de competencia en una instancia administrativa; la opinión de Peri Valdez en este caso equivalía a la de cualquier jurista», agregó.

Cáceres se amparó en la opinión de Peri Valdez y de un único asesor letrado designado por él para proceder a revocar un permiso que el propio MTOP había concedido a Raincoop para operar la línea 222. La decisión de Cáceres redundó en benefició de Copsa.

La fuente comparó el caso Raincoop con la polémica adjudicación de peajes a la sociedad anónima Umilar y sostuvo que el ministro «desoyó con toda impunidad» lo resuelto por el TCA «para luego insistir con una concesión cuestionada por ilegal».

Según reflexionó el TCA en el caso Raincoop, la gestión de Cáceres habría cometido una «desviación de poder» tras perseguir «una finalidad espuria».

Diez millones de dólares

Fuentes judiciales confirmaron por su parte a LA REPUBLICA que Raincoop trabó en el juzgado administrativo contencioso de segundo turno «un reclamo patrimonial» contra el Estado uruguayo.

El reclamo es por casi diez millones de dólares para resarcirse por los perjuicios que le ocasionó la gestión del ingeniero Cáceres.

La cooperativa reclamará al Estado por los ómnibus que dispuso y el personal que contrató para cumplir con el servicio de la línea 222.

El MTOP concedió el permiso en diciembre de 1994, pero el ministro Cáceres lo suspendió en marzo de 1995 y finalmente lo revocó en beneficio de Copsa en setiembre de 1998.

La resolución de Cáceres, que fuera adoptada apenas 14 días después de haber asumido como ministro, habría ocasionado además a la cooperativa pérdidas por lucro cesante.

El expediente ministerial, según pudo constatar LA REPUBLICA, está ahora archivado en el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

Todo empezó en 1993

El afán de Rápido Internacional Cooperativo, Raincoop, por obtener el permiso del MTOP para operar la línea 222 a Parque del Plata, data de 1993 cuando la cooperativa, ya permisaria desde 1975 de la línea 221 a Solymar, decidió esforzarse por reunir los requisitos establecidos por el Decreto 228/91, del 24 de abril de 1991, para ampliar sus servicios a nuevos destinos. La línea 222 pasaría por Salinas y Ciudad de la Costa, una de las zonas de mayor crecimiento demográfico en América Latina. Los esfuerzos dieron sus frutos el 20 de diciembre de 1994, último año del gobierno de Luis Alberto Lacalle, cuando el MTOP concedió a Raincoop «un permiso provisorio y revocable», por el plazo de un año, para operar la línea 222. Era un permiso «provisorio y revocable» como la mayoría de los permisos que aún hoy usufructúan todas las empresas de ómnibus.

Sólo fueron tres meses

La línea 222 de Raincoop circuló por vez primera el 5 de enero de 1995. El servicio se realizaba tanto por Avenida Giannatasio como por la ruta Interbalnearia que bordea a la Ciudad de la Costa por el Norte. La noticia del nuevo servicio fue bien recibida por los pobladores de la costa de Canelones, quienes hasta entonces sólo contaban con los servicios interurbanos de la empresa Copsa, y más recientemente de Cutcsa. Para satisfacción de los canarios costeros, la aparición de Raincoop en el mercado impuso una competencia comercial que aparejó un mejoramiento del servicio en todas las líneas, y un cumplimiento más estricto de horarios y tiempo de viaje. Desafortunadamente, la alegría no duraría siquiera tres meses.

Copsa se resistió

El surgimiento de una competidora despertó duras resistencias en Copsa, empresa que el siguiente 9 de febrero interpuso, ante el MTOP, un recurso administrativo de revocación contra el permiso otorgado a Raincoop. La empresa adujo vicios formales por incumplimiento del Decreto regulatorio de la actividad y esgrimió razones de mercado para impedir la aparición de nuevas líneas. Sin embargo, los planteos de Copsa fueron desestimados de inmediato, el siguiente 24 de febrero, y el MTOP decidió ratificar en todos sus términos el permiso que había sido concedido a Raincoop el diciembre anterior. Raincoop pudo continuar con el servicio, pero no lo lograría hacer por mucho tiempo.

18 días después…

El 1º de marzo de 1995, el ingeniero Lucio Cáceres, derrotado candidato colorado a la Intendencia de Montevideo, fue designado ministro por el presidente Julio María Sanguinetti que asumiría la Presidencia de la República ese mismo día. Catorce días después, apenas 18 días luego de que el MTOP ratificara el permiso a Raincoop, el ministro Cáceres resolvió, el 14 de marzo de 1995, dejar en «suspenso» el permiso otorgado haciendo lugar al recurso administrativo interpuesto por Copsa. El recurso de Copsa, interpuesto el anterior 9 de febrero, ya había sido desestimado el siguiente 24 de febrero. Raincoop apeló el cambio de decisión del MTOP con un recurso administrativo que presentó el 29 de marzo, aduciendo que sobre el tema regía el criterio de «cosa juzgada» y que la administración había actuado acorde a derecho y que debería restablecerse la línea 222 sin más trámite. El ministro jamás respondió el recurso de Raincoop por lo que se configuró una «denegatoria ficta» el siguiente 4 de setiembre.

El TCA amparó a Raincoop

El silencio de la administración agotó el recurso administrativo, hecho que dio pie a Raincoop para promover una acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo para tratar de dejar sin efecto la resolución del MTOP que le «suspendió» el permiso para operar la línea 222. El reclamo de Raincoop fue acogido por el TCA, órgano judicial que dispuso la «anulación» de la resolución que determinó la suspensión del servicio a cargo de la cooperativa. La resolución del TCA afirmó, entre otras cosas, que en la «suspensión» de la línea de Raincoop el MTOP «actuó de oficio, sin hechos notorios supervinientes» y «vuelve, de oficio, a considerar los recursos (de Copsa) ya rechazados» (por el propio ministerio). El MTOP, no obstante, hizo caso omiso a la resolución del tribunal y volvió a fallar a favor de Copsa.

«Desviación de poder y finalidad espuria»

El tribunal indicó que «el replanteo de oficio de una recurrencia ya resuelta en definitiva por otro titular del MTOP, si no es para revocar por razones de legalidad, carece de todo respaldo legal y lo que es peor, la suspensión dispuesta por el acto encausado carece del más mínimo fundamento normativo». Y agrega que «resulta evidente que no existían fundamentos válidos para suspender». «Obsérvese que, de oficio, continúa el tribunal», luego de resueltos los recursos deducidos por Copsa, se vuelve a considerar esa recurrencia ya resuelta, aduciéndose graves vicios del acto que otorgÃ

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