La normativa derogada establecía rendición de cuentas

El Tribunal de Cuentas eliminó control a ediles

La resolución del pasado 23 de agosto, que el órgano de contralor decidió suspender, disponía entre otras cosas que «los contadores delegados, en oportunidad de la intervención de viáticos de los ediles que se originen dentro del territorio nacional, debían controlar el cumplimiento de determinados requisitos».

El ministro del Tribunal de Cuentas, Ariel Alvarez aseguró a LA REPUBLICA que luego de aprobación de la norma en agosto pasado, el organismo recibió de parte de distintos ediles del país determinadas inquietudes debido a los requisitos restrictivos que planteaba la normativa».

Alvarez destacó que los condicionamientos más rebatidos por los ediles eran los referidos a que «sólo tenían derecho a acceder a viáticos aquellos curules que participaran en misiones oficiales; y que todo gasto para ser aprobado debía ir acompañado por una rendición de cuentas».

En tal sentido, el organismo de contralor consideró que las apreciaciones de los ediles eran pertinentes, por lo cual decidió suspender la aplicación de la norma. «En este momento se está trabajando en la elaboración de un nuevo régimen el cual deberá estar pronto antes del 30 de noviembre próximo», aseguró Alvarez.

Mientras la nueva norma sobre viáticos no sea aprobada por el TCR, se aplicará el régimen anterior al de la normativa derogada.

El ministro de la corporación indicó que como no existe una reglamentación de carácter general, se aplicarán las resoluciones particulares que en tal sentido fueron aprobadas en cada presupuesto de las distintas Juntas Departamentales del país con anterioridad a 1992. Por ese motivo, en algunos casos podrían crearse «vacíos» normativos.

Rechazo unánime

Por su lado, el edil del Foro Batllista César García Acosta expresó que entre los requisitos que planteaba el TCR se incluía que «los ediles podían recibir viáticos o determinadas partidas siempre y cuando cumplieran funciones dentro de la propia sede de la Junta Departamental; y que en el momento en el cual un curul recibía viáticos transformaba su cargo en rentado».

Acosta indicó que el órgano de contralor, con la suspensión de la resolución, «está tratando de recomponer una decisión adoptada en el marco de una conflictividad manifiesta desde el punto de vista de que los elementos que se deben controlar en la gestión de los ediles no son solamente si somos honorarios o no, porque sí lo somos».

Esta determinación del TCR «deja claro que la resolución anterior estuvo equivocada en el espíritu y en su forma», aseguró el edil forista.

Agregó: «Creemos que ahora el TCR retoma un camino para analizar este tema con mayor profundidad, y sobre todo reflexionar en el marco de su actividad de contralor, donde todos los partidos políticos están representados. El Tribunal de Cuentas debe controlar las cuentas, los números y la legalidad de determinados procedimientos, pero no si hay o no democracia en un órgano corporativo como lo es la Junta Departamental».

El pasado 4 de octubre, en sesión plenaria del legislativo comunal, los ediles departamentales de la capital rechazaron unánimemente las afirmaciones del presidente del Tribunal de Cuentas, Guillermo Ramírez, quien días antes había sostenido que «los ediles no eran honorarios, por tanto, no cumplían con los dispuesto en el artículo 295 de la Constitución de la República», recordó García Acosta.

En aquella sesión de la Junta Departamental, todos los ediles aclararon que sus actividades «siempre se desarrollan respetando en todos los términos la disposición del artículo 295 de la Carta Magna, el cual impone el carácter honorario de la función». Asimismo, García Acosta calificó como «un absurdo jurídico» las expresiones de Ramírez referidas a que sólo se podían otorgar viáticos para el reintegro de combustible cuando los curules salieran de la sede de la Junta Departamental.

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