Acuerdo político en el Parlamento

Freno a polémico inciso sobre compra de tierras de 1500 hás

Existe consenso entre los legisladores del Frente Amplio, del Partido Nacional y del Partido Colorado, para eliminar uno de los incisos del artículo 35 de la recientemente aprobada Ley de Repoblamiento de la Campaña.

El inciso que desató varias críticas luego de su aprobación, sobre todo por parte de operadores rurales y gremiales agropecuarias, le da la potestad al Instituto Nacional de Colonización (INC) de comprar hasta un 20% de todo campo que sea transado de más de 1.500 hectáreas.

El próximo jueves ingresarán formalmente a la Comisión de Hacienda del Senado cuatro proyectos que establecen modificaciones a esta ley. Uno de ellos fue elaborado por los senadores Isaac Alfie (Lista 15) y Julio María Sanguinetti (Foro Batllista), otro por los senadores herreristas Luis Alberto Heber y Francisco Gallinal, otro por el senador Eber Da Rosa (Alianza Nacional) y un cuarto por el senador Jorge Saravia (Espacio 609). Los últimos tres coinciden en establecer exclusivamente la derogación del primer inciso, mientras que el proyecto de Alfie y Sanguinetti establece una modificación del mismo.

Según explicó Alfie, el propósito de su proyecto es «subsanar los dos errores que tiene el artículo». Uno de ellos es permitirle al INC comprar sólo una parte de un predio, porque «o compra todo o no compra nada», y el otro se relaciona con la parte del artículo en que se establece el precio que se pagará por la compra. Según dijo, el valor será fijado por la Dirección General de Catastro, el cual es muy inferior a los precios del mercado. A criterio del senador, «estos errores han paralizado absolutamente la venta de tierras».

 

EL INCISO DE LA POLEMICA

«Asimismo, en toda transacción mayor a 1.500 hectáreas Coneat 100, el INC podrá optar por comprar hasta un 20% del campo, el que deberá ser en una sola fracción cuyo índice Coneat sea similar al promedio de índice Coneat total involucrado en la operación original, no pudiendo la diferencia entre ambos índices Coneat ser mayor a 10%.

Si fuere necesario proceder a un fraccionamiento para esta operación, los gastos correrán por cuenta del INC. A las fracciones así obtenidas por el INC sólo accederán empleados de explotaciones agropecuarias o grupos de éstos».

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