El gobierno reitera el gasto para Pluna
La Presidencia de la República resolvió, amparándose en la Constitución de la República, reiterar el gasto dispuesto para Pluna por la suma de $939 mil, emitido bajo la modalidad de «regularización anticipos de tesorería», correspondiente al adelanto efectuado con cargo a la partida dispuesta por el Presupuesto, a pesar de que el Tribunal de Cuentas de la República (TCR) observó dicho anticipo por considerar que el mismo «no cuenta con su intervención preventiva».
La decisión del gobierno fue comunicada al propio TCR, a la vez que se dio pase a la auditoría delegada ante el Ministerio de Economía y Finanzas para su intervención.
En la resolución de Presidencia se reconoce la observación formulada por el TCR respecto al anticipo efectuado a Pluna con cargo al tercer cuatrimestre de 2007. El organismo de contralor resolvió «observar el anticipo efectuado, por entender que el mismo no cuenta con su intervención preventiva».
De todas maneras, en la resolución se establece que en el Presupuesto se fijó una partida anual de $17 millones para el período 2006-2009, con destino al Ente Autónomo, y que por razones «operativas» Economía emite cuatrimestralmente las partidas anuales fijadas por ley, por ello se consideró que «no estando culminada la tramitación del cuatrimestre, debió recurrirse al mecanismo del anticipo a efectos de atender las necesidades planteadas por el organismo».
A la vez, el gobierno expresa que dicho anticipo se realizó «al amparo de lo dispuesto por el Tocaf y su regularización se realiza con cargo al subsidio previsto por el Presupuesto».
Por ello y a pesar de las observaciones del TCR, se entiende «pertinente» insistir en el gasto, haciendo uso del mecanismo dispuesto por el literal B del artículo 211 de la Constitución el cual establece que compete al Tribunal de Cuentas «intervenir preventivamente en los gastos y los pagos, conforme a las normas reguladoras que establecerá la ley y al solo efecto de certificar su legalidad, haciendo, en su caso, las observaciones correspondientes». Pero también, se aclara que si el ordenador respectivo insistiera, «lo comunicará al Tribunal sin perjuicio de dar cumplimiento a lo dispuesto».
Pero en el mismo artículo de la Carta Magna se determina que si el Tribunal de Cuentas, a su vez, mantuviera sus observaciones, deber dar noticia a la Asamblea General.
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