Artículo 19 y Reporteros sin Fronteras afirman que Uruguay quedaría como "líder en libertad de expresión" en la región

Organizaciones internacionales de defensa de la libertad de expresión reclaman aprobación de ley de radios comunitarias

Article 19, según su propia definición, «es una organización independiente defensora de los derechos humanos que trabaja de manera global para promover y defender la libertad de expresión. Toma su nombre del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que garantiza la libertad de expresión».

Esta organización envió una carta al Senado de nuestro país, en la que «hace un llamado respetuoso para que el Senado de Uruguay apruebe el Proyecto de Ley de Radiodifusión Comunitaria en todos los términos ya aprobados por la Cámara de Representantes en junio».

En un comunicado de prensa difundido ayer Article 19 revela que envió la misiva y sostiene que «de ser aprobado por el Senado el proyecto de ley, el Estado uruguayo estaría atendiendo las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y las obligaciones internacionales en la materia y también llegaría a ser el país líder en la región por la protección de la radiodifusión comunitaria, enviando así un mensaje positivo a los otros países en la región».

«La falta de un marco legal apropiado para la radio y TV comunitaria en Uruguay y en otras partes de la región constituye una fuerte injusticia. Como resultado de este resquicio legal, los servicios de radio y TV comunitaria son rutinariamente amenazados y atacados y son víctimas de abusos de poder, mientras las comunidades que ellos sirven son privadas de información y medios esenciales de comunicación», sostuvo en el comunicado Agnès Callamard, directora ejecutiva de Article 19.

Callamard añadió: «Hay sólo un voto posible: SI. Esta ley, una vez aprobada y aplicada, constituirá un precedente crucial para América Latina, un modelo que debe ser emulado por los otros países en la región».

El comunicado de la organización internacional agrega que, «lejos de toda duda, es claro que las garantías internacionales de la libertad de expresión aplican en lo referente al acceso y uso de las ondas radioeléctricas, así como al resto de los medios de comunicación. El Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, piedra angular del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, protege el derecho a buscar, recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio. El Artículo 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos reconocen, en el mismo sentido, el derecho de cada individuo de expresarse utilizando cualquier medio de comunicación».

En el mismo sentido se pronunció Reporteros Sin Fronteras, que expresó en un comunicado público considerando «un ejemplo a imitar el proyecto de ley de radiodifusión de los medios de comunicación comunitarios aprobado, prácticamente por unanimidad, en la Cámara de Representantes el 5 de junio. Evidentemente, la organización espera que el proyecto consiga el mismo apoyo en el Senado».

«La nueva legislación uruguaya sobre radios y televisiones comunitarias debería inspirar al continente americano, que cuenta con millares de medios de este tipo. El texto aprobado por los diputados establece criterios de igualdad y transparencia en la concesión de las frecuencias y ese es, sin duda, el punto más importante. Deseamos que la Cámara Alta del Parlamento revalide rápidamente el proyecto de ley, en los mismos términos», agregó la organización internacional.

El proyecto de ley reconoce la existencia de un tercer sector en la radiodifusión: la radio y TV comunitarias, que será ofrecido por asociaciones civiles sin fines de lucro. Además establece un mecanismo transparente de llamado y licitación pública para la adjudicación de frecuencias.

El proyecto inicial fue presentado al Parlamento en 2005 por un grupo de legisladores y una coalición integrada por la Asociación Mundial de Radios Comunitarias (Amarc), la Asociación de la Prensa del Uruguay (APU), la Universidad de la República de Uruguay, el Instituto de Estudios Sociales y Legales de Uruguay, el Instituto Solidaridad y Desarrollo, la Federación de Cooperativas de Vivienda por Ayuda Mutua (Fucvam) y el PIT-CNT.

El martes 5 de junio la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley por amplia mayoría, 49 votos de 59 presentes. *

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