Un referéndum por Antel
Hoy, el Grupo de Trabajo del EP-FA, integrado por su presidente Tabaré Vázquez, los principales dirigentes sectoriales y de las bases, analizará un nuevo informe de los técnicos de la coalición sobre Antel.
LA REPUBLICA accedió al extenso documento, que tras un pormenorizado estudio de la realidad actual del ente de las comunicaciones (coincidente con el informe de Sutel publicado por LA REPUBLICA), concluye que las razones para las posibles cesiones de servicios, privatización total o parcial de los mismos, se fundamentan en aspectos doctrinarios de la actual política económica más que en razones económicas.
El memorandum entregado a la dirección de la coalición de izquierda, es parte de los insumos para la discusión de los artículos referidos a Antel, en la Ley de Presupuesto hoy en el Senado.
El informe señala, también, la posibilidad que lo planteado en el articulado de la Ley Presupuestal sea inconstitucional, y permita «utilizar el presente proyecto para privatizar Ancel (por supuesto que pueden buscar mecanismos alternativos como dejar de explotar la banda y licitarla por la Dirección Nacional de Comunicaciones, etc)». En la actualidad, esta dirección está en la órbita del Ministerio de Defensa.
«Inconstitucional»
Más adelante el texto sostiene que «puede entenderse que es inconstitucional autorizar genéricamente a Antel a asociarse o crear empresas privadas sino que debe pedir autorización en cada caso. Esto no quiere decir que no esté autorizada por Carta Orgánica a hacerlo. Esto superaría el escollo del artículo 190 que no le permite hacer negocios extraños al giro. Pero cuando quiera integrar una sociedad o crear una nueva debe solicitar autorización parlamentaria. No obstante la práctica ha sido la contraria y existe convicción general de que no es inconstitucional y que la autorización puede servir para varios negocios. Véase que Antel ya tiene aprobación para esto en el exterior».
En cuanto a la factibilidad de que la letra del articulado presupuestal desconozcan el referéndum de 1992 que impide la privatización de las empresas públicas, los técnicos del EP-FA opinan que «existen normas que podrían ser consideradas violatorias del plebiscito de 1992, otras que no, y otras que incluso reiteran la terminología de la ley 16.211 en los artículos derogados. Pero esto no significa que sean inconstitucionales de por sí, puesto que el resultado del plebiscito de 1992, fue derogar una ley, por lo que ésta, no se podía volver a plantear en la misma legislatura. Pero hoy por hoy pueden plantear esta o cualquier otra ley, puesto que la derogación no le dio carácter constitucional a la propuesta del plebiscito».
Ya en el plano de las acciones políticas, en sus párrafos finales, el texto a discutir por la dirección encuentrista advierte la posibilidad de interponer el recurso de la consulta popular.
«Creemos que es totalmente posible. Quien resuelve la viabilidad o no es en definitiva la Corte Electoral. Este órgano tiene más de político que de Corte, y en otras oportunidades dijo que las leyes de presupuesto no podían ser objeto de referéndum por lo dispuesto en el artículo 79 de la Constitución. Por el contrario el mismo se refiere a que no pueden ser objeto de referéndum las leyes que crean tributo o son de iniciativa privativa del Ejecutivo.
No es este el caso y creo que sería muy grosero que la actual Corte rechazara, en base a este argumento, un referéndum. Sería una decisión política arbitraria grave y por supuesto inconstitucional. El referéndum es en este caso totalmente válido».
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