No están definidos criterios de aporte para los legisladores
También es cierto que en las primeras semanas e incluso meses, la reforma tendrá cierta flexibilización y un conjunto de normas reglamentarias, y desde el Poder Legislativo, autoridades y legisladores del oficialismo confiaron a LA REPUBLICA que se trabaja en determinar claramente el alcance de la normativa.
La idea es que «todo lo que tenga que ser gravado, lo sea», expresaron a nuestro matutino fuentes consultadas.
«Las autoridades del Poder Legislativo aún no han determinado en qué franja de tributación se encontrarían las retribuciones personales de los parlamentarios a raíz de que, además del sueldo básico, también perciben una serie de partidas extras», expresaba la nota de LA REPUBLICA con fecha 19 de mayo.
En el propio Parlamento aún no existen certezas de cómo tendrá que liquidarse el IRPF de los salarios de los legisladores, porque además del sueldo básico, también perciben partidas extras.
La duda radica en si estas partidas deben ser consideradas como retribución personal a la hora de aplicar los descuentos.
Los legisladores perciben una retribución líquida de 94.810 pesos, la cual se compone por el sueldo básico de 81.163 pesos más los gastos de representación que equivalen a 13.647 pesos.
Sin embargo, también disponen de una partida denominada de «Secretaría» de 67.545 pesos que se compone de una partida «por legislador» de 54.505 pesos, más una partida «de bancada» de 13.060, la cual se distribuye entre los diferentes sectores parlamentarios y no estaría incluida en la retribución personal del legislador, siendo similares pero no iguales, tanto en senadores como en diputados.
Además, disponen de diversas partidas, entre ellas: de prensa de 11.300 pesos; para fotocopias de 508 pesos: para gastos de telefonía celular de unos 2.800 pesos y para distribución de correspondencia de 300 pesos.
Este cúmulo de partidas que reciben los parlamentarios por fuera de su sueldo líquido ha generado un sinnúmero de incertidumbres entre quienes están encargados de procesar las correspondientes liquidaciones.
En este marco, las opiniones están divididas entre quienes consideran que debe aplicarse el IRPF al sueldo básico de los legisladores sin computar las partidas extras (es decir los 94.810 pesos) con lo cual deberían tributar un 20% por concepto de IRPF.
Mientras que otras opiniones afirman que deben contarse algunas de esas partidas de secretaría y otras (aproximadamente unos 164.498 pesos) con lo cual los parlamentarios pasarían a tributar un 22%. *
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