Para la DGI, el principio es que todos los ingresos están incluidos

Liquidación del IRPF genera dudas por partidas adicionales para legisladores

Las autoridades del Poder Legislativo aún no han determinado en qué franja de tributación se encontrarían las retribuciones personales de los parlamentarios a raíz de que, además del sueldo básico, también perciben una serie de partidas extras.

Sábado 19 de mayo de 2007 | 2:37
  • Imprimir
  • Envíar por e-mail
El director de la DGI, Nelson Hernández. Se estudia cuál será el tratamiento en el caso de los legisladores.

El nuevo sistema tributario que implica, entre otras cosas la sustitución del Impuesto a las Retribuciones Personales (IRP) por el Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de acuerdo a un sistema de franjas por niveles de ingreso, genera incertidumbres en varios ámbitos tanto públicos como privados, en cuanto a su aplicación.

A raíz de que se trata de un nuevo sistema ­que será puesto en práctica a partir del próximo 1º de julio­ la Dirección General Impositiva (DGI) ha organizando charlas para evacuar las dudas de las distintas dependencias del gobierno central, de las intendencias municipales, empresas del Estado y organismos del 220 de la Constitución.

Asimismo, tanto la DGI como el Banco de Previsión Social (BPS) han puesto a disposición de los ciudadanos y de las empresas privadas herramientas de consulta de tipo masivo como por ejemplo, la implantación de un “call center”, la habilitación de una “página web”, o “conferencias” destinadas a gremiales de empleadores y empleados.

A la vez, ambos organismos recaudadores habilitarán locales para poder “contestar las dudas de los ciudadanos y de las empresas, aunque estas tienen un contacto más directo con la administración”, indicó el director de Impositiva, Nelson Hernández.

En el propio Parlamento aún no existen certezas de cómo tendrá que liquidarse el IRPF de los salarios de los legisladores, porque además del sueldo básico, también perciben partidas extras. La duda radica en si estas partidas deben ser consideradas como retribución personal a la ahora de aplicar los descuentos.

Diversas fuentes legislativas consultadas por LA REPUBLICA aseguraron que “aún no existe una idea definitiva de cómo liquidar el nuevo gravámen a los parlamentarios y que al respecto hay opiniones disímiles”.

Los legisladores perciben una retribución líquida de 94.810 pesos, la cual se compone por el sueldo básico de 81.163 pesos más los gastos de representación que equivalen a 13.647 pesos.

Sin embargo, también disponen de una partida denominada de “secretaría” de 67.565 pesos que se compone de una partida “por legislador” de 54.505 pesos, más una partida “de bancada” de 13.060, la cual se distribuye entre los diferentes sectores parlamentarios y no estaría incluida en la retribución personal del legislador.

Además, disponen de diversas partidas, entre ellas: de prensa de 11.300 pesos; para fotocopias de 508 pesos; para gastos de telefonía celular de unos 2.800 pesos y para distribución de correspondencia de 300 pesos.

Este cúmulo de partidas que reciben los parlamentarios por fuera de su sueldo líquido ha generado un sinnúmero de incertidumbres entre quienes están encargados de procesar las correspondientes liquidaciones.

En ese marco, las opiniones están divididas entre quienes consideran que debe aplicarse el IRPF al sueldo básico de los legisladores sin computar las partidas extras (es decir los 94.810 pesos) con lo cual deberían tributar un 20% por concepto de IRPF. Mientras que otras opiniones afirman que deben contarse algunas de esas partidas ­de secretaría y otras­ (aproximadamente unos 164.498 pesos) con lo cual los parlamentarios pasarían a tributar un 22%.

En tal sentido, Hernández dijo ayer, al ser consultado por LA REPUBLICA, que la situación en particular no ha sido analizada. Señaló que en principio el criterio es que “todos los ingresos están comprendidos en el impuesto, salvo aquellos que sean gastos con rendición de cuentas”.

“Es decir, el principio general es que todos los ingresos están incluidos, con excepción de aquellos que constituyan reintegro de gastos realizados”, señaló Hernández.

Pero el jerarca prefirió no adelantar cuál será el tratamiento en el caso de los legisladores “sin conocer las normas que fundamentan cada una de esas remuneraciones”.

Hernández dijo que generalmente ocurre que todo tributo que comienza a aplicarse “necesita inevitablemente aclaración respecto de los conceptos que maneja particularmente cada organismo, porque en ciertas oportunidades existen disposiciones legales o reglamentarias que establecen un determinado tipo de retribución o de reintegro de gastos, por lo cual hay que analizarlo a la luz de lo que dispone la ley en cada una de esas circunstancias”.

Agregó que existen realidades distintas en cada uno de los organismos del Estado que deben ser interpretadas a los efectos de ubicarlas correctamente respecto al impuesto.

Hernández no pudo confirmar si en el marco de las reuniones que está manteniendo la DGI con los organismos del Estado, para evacuar las dudas respecto a la aplicación del IRPF, también mantendrá encuentros con las respectivas contadurías de los poderes Legislativo y Judicial. *

  • Imprimir
  • Envíar por e-mail

Comentarios


Lunes 13 de Febrero, 2012
Montevideo, UY
Despejado, 25 °C