El domingo se realizan las elecciones en todas las coordinadoras

FA elige sus delegados en las 18 Juntas Locales

De los noventa ediles locales, cinco por cada una de las dieciocho juntas, cincuenta y cuatro corresponden al EP-FA. En la distribución de cargos dentro del sector de izquierda, veintiún ediles ya fueron designados por las fuerzas no frentistas –de los cuales cuatro ejercerán la titularidad–, mientras que los sectores frentistas elegirán mediante elecciones internas a los treinta y tres ediles restantes. Si bien Confa es uno de los sectores que integran la Alianza Progresista, participará de los comicios debido a que se considera como una agrupación frentista.

En tanto, los demás treinta y seis cargos se dividen aproximadamente en un 75 por ciento para el Partido Colorado y un 25 por ciento para el Partido Nacional. Estas colectividades designarán a sus delegados en forma directa, sin convocar a elecciones.

La votación se realizará en las 18 coordinadoras del FA entre las 9 y las 17 horas, con una extensión de una hora.

La elección

En el reglamento para la elección de candidatos del Frente Amplio a las Juntas Locales, se establece que se elegirán por voto secreto hasta tres titulares y nueve suplentes en régimen preferencial.

Asimismo, se indica que podrán sufragar el próximo domingo «todas las personas mayores de 14 años avecindadas en Montevideo, y que a la fecha de la elección posean la calidad de adherentes».

Todas aquellas personas mayores de 14 años que al día de la elección no se hayan adherido, «podrán hacerlo en el momento inmediatamente anterior al del acto de sufragio». La adhesión será obligatoria, «firmada por el vecino quien deberá ‘asumir la obligación de respetar el Estatuto y las decisiones de las autoridades de la organización'», el sufragio de quienes se encuentren ante esta situación será observado.

El pasado lunes la mesa departamental del FA aprobó una resolución mediante la cual se establece que los adherentes que tengan deudas en el pago de su cuota mensual deberán abonar un mes, al igual que quienes se afilien al partido. Esta decisión dividió a los diversos sectores frenteamplistas: la Vertiente Artiguista, el Partido Comunista y la Corriente de Unidad Frenteamplista estuvieron de acuerdo con el cobro de la mensualidad, mientras que el Movimiento de Participación Popular y el Partido Socialista se opusieron.

Según la reglamentación, podrán ser candidatos para integrar las juntas locales, «las personas mayores de 18 años, con tres años de residencia en la zona en la cual se postulan, o haber nacido en ella y que se encuentren adheridos al FA con un año de antigüedad al día de la elección.

Según lo establece el artículo 77 de la Constitución de la República, no podrán ser candidatos para integrar las Juntas Locales los «senadores, diputados, magistrados judiciales, miembros del Tribunal de lo Contencioso Administrativo y del Tribunal de Cuentas, miembros de la Corte Electoral, directores de los Entes Autónomos y de los Servicios Descentralizados, militares en actividad, funcionarios policiales, intendente, miembros de la Junta Departamental, empleados de los gobiernos departamentales o quienes estén a sueldo o reciban retribución por servicio de empresas privadas que contraten con el gobierno departamental».

Los miembros electos de las Juntas Locales no podrán, durante su mandato, intervenir como directores o administradores de empresas que contraten obras o suministros con el gobierno departamental, o con cualquier órgano público que tenga relación con el mismo, tramitar o dirigir asuntos propios o de terceros ante el municipio.

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