El IVA y el exhorto al BCU
El último capítulo del libro de Ordoqui hace referencia a la reglamentación de la Ley del Consumo, donde entiende que hay ilegalidades. El autor fundamentalmente hace mención al primer artículo del decreto reglamentario, en que se señala que el consumidor que formule denuncia basada en el incumplimiento de esta ley deberá probar la compra mediante facturas.
«Aunque estamos de acuerdo en que se paguen los impuestos, acá se le está diciendo al consumidor si usted no pidió la factura no puede hacer valer sus derechos de consumidor (…) se quiso de alguna manera utilizar al consumidor como rehén de la fiscalización del pago de impuestos y nos vamos a encontrar con otra realidad que es totalmente opuesta, ya que el que no da facturas tiene dos ventajas: no paga el impuesto y esa operación no va a poder ser reclamada. Estas son las situaciones que creemos que no son correctas», afirmó Ordoqui.
El catedrático también se detuvo en el artículo 18 de la reglamentación, «que dice una cosa muy curiosa: exhórtase al Banco Central (BCU) a regular especificaciones de la oferta de servicios financieros. Obviamente la Ley 17.250, en el artículo 21, aludía a las operaciones de crédito al consumo.
Se esperaba que esto fuera regulado, pero no solamente no lo regula sino que el Ministerio de Economía le exhorta al BCU.
Nunca fue hasta el día de hoy, hasta donde llega nuestro conocimiento, que un decreto del Poder Ejecutivo sirva para exhortar al Banco Central.
Al BCU se le dice, señor, haga tal cosa, pero que un decreto exhorte, nunca había visto.
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