Entendió que delitos cometidos en el caso Soba son de carácter permanente, define la SCJ

Fiscal rechazó recurso presentado por militares y policías procesados

Sin embargo, la posición de la fiscal no es «vinculante» por lo cual la última definición será tomada de forma independiente por los ministros del máximo órgano de Justicia.

Fuentes vinculadas a la causa confirmaron a LA REPUBLICA que la fiscal Martínez -quien subroga en la investigación a la doctora Mirtha Guianze debido a la designación de ésta como fiscal de Corte interina- entendió que el artículo 5º de la Ley de Amnistía de 1985 es constitucional.

Según dijeron los informantes, en el escrito presentado ayer, la representante del Ministerio Público fundamenta su posición principalmente en que el delito de «privación de libertad», del cual se los acusa en el caso Soba es «permanente» y de lesa humanidad, por lo cual no está incluido en la amnistía.

Este recurso había sido presentado por los doctores Germán Amondarain y Julio Suárez Franco, abogados de los ex militares Jorge «Pajarito» Silveira, Ernesto Ramas, Luis Maurente, Gilberto Vázquez, Ricardo «Conejo» Medina y José Sande Lima, seis de los ocho procesados por el caso Soba.

Las abogadas Rossana Gavazzo y Estala Arab, patrocinantes de sus respectivos padres, José «Nino» Gavazzo y Ricardo «Turco» Arab, en cambio, no presentaron este recurso y simplemente optaron por apelar la decisión del juez Charles.

Con esta medida, los abogados Amondarain y Suárez Franco, pretenden fundamentar la inconstitucionalidad del artículo 5º de la Ley de Amnistía de 1985 (Ley Nº 15.737), aprobada por el entonces presidente Julio María Sanguinetti y sus ministros Carlos Manini Ríos (Interior), Juan Vicente Chiarino (Defensa Nacional) y Adela Reta (Educación y Cultura).

El artículo en cuestión excluyó expresamente a los militares y policías de los indultos que les habían sido otorgados a los responsables de delitos políticos, comunes, militares y conexos de los de presos políticos de la dictadura, lo cual, para los juristas debería declararse inconstitucional. A fines de agosto -es decir dos semanas antes de que el juez Charles dictaminara los procesamientos- la defensa de los entonces indagados Silveira, Ramas, Maurente, Vázquez Medina, Sande Lima y el fallecido Juan Antonio Rodríguez Buratti presentaron la excepción de inconstitucionalidad que posteriormente fue rechazada por los ministros de la Corporación. Tras la decisión del magistrado, los abogados defensores reiteraron el recurso, que semanas atrás fue admitido para su estudio por la SJC.

 

Decisión no «vinculante»

La posición adoptada por la fiscal Martínez no genera una posición vinculante para los ministros de la SCJ, es decir que la visión de la representante del Ministerio Público no genera precedente para los jerarcas del máximo órgano de Justicia.

Según establece la normativa vigente, y tomando en cuenta que la fiscal de Corte interina, la doctora Mirtha Guianze aceptó la recusación presentada por los abogados Amondarain y Suárez Frando y decidió no intervenir en el análisis de la excepción de inconstitucionalidad, el expediente será analizado por la fiscal civil más antigua, la doctora Silka Abella, quien luego de estudiar el recurso, enviará nuevamente el caso a la SCJ, donde sus ministros tomarán una posición final, cosa que, seguramente ocurrirá a mediados del año próximo. *

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