Una pesada herencia en el MTOP

El Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), tras un fallo del Tribunal de lo Contencioso Administrativo deberá pagar una cifra aproximada a los 16 millones de pesos reajustados a noviembre de 2004 más los intereses generados desde 2002 -lo que representa aproximadamente un millón de dólares- a la empresa de transporte interdepartamental de pasajeros Corporación de Omnibus SA, luego que esta demandara a la cartera a raíz del otorgamiento de permisos irregulares a otras compañías, según informaron a LA REPUBLICA fuentes de la secretaría de Estado. El proceso iniciado en 1998 culminó a fines de agosto, con el fallo final de tribunal. Según se explicó, el dinero para cumplir esta decisión provendrá de presupuesto del Estado.

En agosto de 1992, la empresa demandante resultó adjudicataria de la concesión para la prestación del servicio de las líneas de transporte de pasajeros por ómnibus entre Montevideo-Juan Lacaze y Montevideo-Rosario-Nueva Helvecia, con una frecuencia de dos turnos diarios en cada sentido en cada uno de los servicios. Sin embargo, mediante dos resoluciones, una de 1995 de los entonces ministros José Luis Ovalle y posteriormente en enero de 1996, Lucio Cáceres, habilitaron a COT SA y Turil SA, para la utilización de esos corredores. La Corporación de Omnibus del Uruguay SA denunció en su momento ante MTOP que desde el comienzo de su actividad, las otras dos compañías, realizaban una competencia desleal a su servicio. Según establece el fallo de Tribunal de lo Contencioso Admnistrativo, el gobierno de turno no contempló los reclamos presentados, ya que no sancionó a la empresa Turil SA y además, legitimó la actuación de COT SA en términos incompatibles con la concesión. Además, se consideró que la actuación de las anteriores administraciones frente a estos reclamos «no pusieron fin a los agravios, sino que los mismos aumentaron».

Si bien el MTOP alegó que el pliego de condiciones no establecía exclusividad sino solamente una prioridad para adjudicar el servicio, el tribunal consideró que ambas compañías incurrieron en una verdadera competencia desleal, e incluso aconsejaron sancionarlas con una multa, la cual llegó a ser calculada en unas 400 Unidades Reajustables. *

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