Un decreto vigente desde la dictadura enfrenta a los fiscales con el gobierno

Los fiscales están preocupados por una reciente resolución de la Fiscalía de Corte, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura, que les recuerda que no pueden hacer comentarios a los medios de comunicación sobre asuntos judiciales que están bajo su responsabilidad.

La resolución se basa en una disposición contenida en la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal, que fue promulgada en el año 1982 durante el gobierno del general Gregorio Alvarez.

El vicepresidente del gremio de los fiscales, Gustavo Zubía, dijo que esa disposición «contiene un artículo, que en su numeral quinto hace referencia al silencio que deben guardar los fiscales, tema que a nuestro juicio es discutible, entre otras cosas porque es una norma que se aprobó en dictadura hace 33 años, de modo que tenía un nítido corte represivo».

«Pero también en ese mismo artículo existen otros impedimentos que, asimismo, afectarían el derecho de agremiación de los fiscales. Por ejemplo, ese mismo artículo impide cualquier tipo de planteo conjunto por parte de los fiscales y eso, repito, estaría afectando el derecho a la agremiación», sostuvo. «Los fiscales viejos que tienen memoria, van a recordar que una vez promulgada esa ley, hubo intentos para realizar agremiaciones durante la época de la dictadura, y fue a partir de este artículo que se realizaron diversas investigaciones que dejaron un muy mal gusto en aquella época». Zubía afirmó a Radio Monte Carlo que «el recordatorio del artículo más oscuro de la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal, a nuestra agremiación le causa gran sorpresa. Partimos de la base de que existe otra serie de normas de rango muy superior, que estarían indicando que la capacidad de los fiscales para expresarse, con la ponderación y la mesura que corresponde, estaría vigente por ejemplo a nivel de la Constitución de la República, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de varias otras declaraciones a nivel latinoamericano, ratificadas por el Uruguay». Opinó que «esta norma del año 1982 seguramente no es la que más se condice con un estado de garantía de cristalinidad del proceso». Zubía dijo que los comentarios de los fiscales sobre los procesos que llevan adelante, lo que buscan es dar «cristalinidad e información» a la población.

 

«Incompatibilidad absoluta»

Por su parte, el subsecretario de Educación y Cultura, Felipe Michelini, dijo que la Ley Orgánica del Ministerio Público y Fiscal «claramente establece una incompatibilidad absoluta de hacer expresiones públicas de los fiscales referidas a los casos bajo su estudio».

«Es una norma clara y por esa razón nuestro Ministerio ha recordado que, hasta tanto la ley no se reforme, vamos a hacerla cumplir. Así de simple».

Consultado sobre si esto puede ser interpretado como una censura a los fiscales, Michelini sostuvo que «todo aquel que haya leído este decreto ley podrá comprobar que su texto es clarísimo y no da lugar a ninguna doble interpretación». El subsecretario dijo que está convencido de que hay que modificar la totalidad del estatuto del Ministerio Público y Fiscal, pero «en cuanto a que los señores fiscales no deben hablar públicamente, creo que es una buena medida, porque lo que importa no es su opinión a través de los medios de prensa, sino que lo que importa es su actuación a nivel judicial con un procedimiento establecido». «Estamos convencidos de que el poder importante que les da la sociedad para que puedan desarrollar con autonomía técnica su tarea es bueno que también tenga esa limitación en relación a los casos bajo su órbita», indicó.*

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