Despenalización del aborto: Korzeniak hubiera preferido la iniciativa popular
El senador socialista José Korzeniak expresó su apoyo al proyecto de ley de despenalización del aborto, que será presentado al Parlamento la semana próxima, pero hubiera preferido la presentación del texto a través del mecanismo de iniciativa popular, previsto en la Constitución de la República.
El legislador dijo a LA REPUBLICA que, tanto los parlamentarios que están a favor como en contra de la iniciativa, podrían haber acordado la utilización de este mecanismo. «Hubiera sido más saludable presentar un proyecto que implique un pronunciamiento de la ciudadanía», opinó.
El artículo 79, inciso 2, de la carta magna señala textualmente: «El veinticinco por ciento del total de inscriptos habilitados para votar podrá interponer, dentro del año de su promulgación, el recurso de referéndum contra las leyes y ejercer el derecho de iniciativa ante el Poder Legislativo. Estos institutos no son aplicables con respecto a las leyes que establezcan tributos. Tampoco caben en los casos en que la iniciativa sea privativa del Poder Ejecutivo. Ambos institutos serán reglamentados por ley, dictada por mayoría absoluta del total de componentes de cada Cámara».
Korzeniak señaló que «lamentablemente no habrá acuerdo y las posiciones seguirán siendo las mismas», en referencia a que el proyecto será presentado al Parlamento y el presidente Tabaré Vázquez mantendrá su postura de interponer el veto.
«En este tema como en tantos otros, que no son asuntos políticos sino de conciencia, la iniciativa popular debería ser el procedimiento más adecuado», sostuvo Korzeniak. De todos modos, anunció que seguirá insistiendo en la necesidad de reglamentación de la iniciativa popular «para que pueda ser utilizada en otros temas».
«Más saludable»
Korzeniak dijo que el artículo 79 está reglamentado en relación al referéndum, pero no en lo relativo a la iniciativa popular, por lo tanto existe una serie de dudas con respecto a su aplicación.
A modo de ejemplo, dijo que no se sabe en qué plazo tiene que pronunciarse el Parlamento cuando recibe una ley con el 25% de firmas de la ciudadanía.
«¿Qué pasa si el Parlamento aprueba la mitad de la ley y el resto no? En ese caso, ¿el plebiscito se hace igual? ¿Cómo se juntan las firmas? ¿Puede ser de una sola forma o a través de varios procedimientos, como sucede en el caso de los referendos? Estas son algunas dudas que no están resueltas en la Constitución», indicó Korzeniak.
El legislador advirtió que, aunque no esté reglamentado, este derecho igualmente puede ser ejercido por la ciudadanía. «Pero sería más saludable que se dicte una ley reglamentaria que resuelva todas las dudas y no estar enfrascados durante años en discusiones jurídicas». *
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