Jueces penales pueden aplicar normas internacionales contra Ley de Caducidad

Los jueces penales uruguayos están habilitados a desechar la Ley de Caducidad y aplicar la normativa internacional contra crímenes de lesa humanidad que está vigente en el derecho positivo del país, afirmaron ayer voceros del Servicio de Paz y Justicia (Serpaj).

El abogado Guillermo Payseé, coordinador del Serpaj, realizó esa afirmación durante un Taller en el que los abogados que presentaron el lunes los juicios a los mandos de la dictadura, explicaron a periodistas las particularidades jurídicas del proceso que se ha iniciado.

En el taller, el abogado Pablo Chargoñia explicó las características legales de los crímenes de lesa humanidad, entre los que se encuentran los seis casos denunciados penalmente y subrayó que el derecho internacional exige que los mismos sean imprescriptibles e inamnistiables.

Chargoñia destacó que en la Convención de ONU sobre Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad, aprobada por el Parlamento y sancionada por el Poder Ejecutivo el 13 de junio de 2001, se destaca que esos crímenes «son imprescriptibles, cualquiera que sea la fecha en que se hayan cometido». Por su parte, el jurista Oscar López Goldaracena, explicó que la Ley 15.848 contradice los acuerdos internacionales suscriptos por Uruguay, que se encuentra en falta ante la comunidad de naciones hasta que no anule la llamada Ley de Caducidad que ampara violaciones a los derechos humanos.. *

Te recomendamos

Publicá tu comentario

Compartí tu opinión con toda la comunidad

chat_bubble
Si no puedes comentar, envianos un mensaje