El presidente de la Comisión de Industria de Diputados opinó que "no se puede desechar a priori" su uso

Proyecto de Unidad Temática del FA habilita el empleo de energía nuclear

Clavijo, diputado del Movimiento de Participación Popular (MPP) indicó que el objetivo «es que comience el desarrollo y la discusión de este proyecto, dándole un marco amplio ya que estamos hablando de una ley que es fundamental en cuanto a potenciar el país hacia delante».

El legislador expresó que en primer lugar se analizará en el ámbito de la bancada de diputados «a los efectos de ir sintonizando las cabezas, y a través del Poder Ejecutivo».

Respecto a la posibilidad de generación de energía nuclear el legislador señaló que «no sólo que no se descarta» si no que especificó que «se ha presentado un proyecto sobre la creación de un centro regional de medicina nuclear de Imagenología», que ya está a estudio de autoridades de la Universidad de la República, y que determinaría la necesidad de modificación de la legislación vigente que prohíbe el uso de energía nuclear.

A nivel de la Cámara alta existe una iniciativa del senador Sergio Abreu (Alianza Nacional) en ese sentido.

No obstante, en lo concerniente a energías alternativas, Clavijo consideró que «no se puede desechar a priori una de las energías que se está utilizando en el mundo», y puntualizó que cualquier proceso en esa materia demanda por lo menos unos ocho años.

El anteproyecto, plantea en su artículo 1º que «la energía es un bien escaso y un servicio de primera necesidad, esencial al desarrollo humano y social, presente en todos los ámbitos de la actividad humana; sin energía no es posible lograr un mínimo de calidad de vida en la sociedad actual y deberá asegurarse su acceso universal». Por su artículo 2º se establece que «dada la importancia estratégica de la energía será objeto ineludible de una política sectorial del Estado».

Asimismo, por el artículo 3º «la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear (Dnetn) deberá elaborar el Plan Energético Nacional, con una perspectiva de largo plazo, dentro de los 360 días de promulgada la presente ley, de acuerdo a las siguientes bases y fines». En ese sentido, se promueve que: «La política energética constituye una especificación sectorial de la política general de desarrollo. Por imperativo constitucional el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y su Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear, es el órgano dotado de la primacía institucional y el rol de diseñar la política en la materia».

También «dicha política deberá basarse en una visión del sector de largo plazo, propendiendo a la mejor utilización de los recursos disponibles local y regionalmente, la máxima preservación posible de los valores ambientales, la utilización de recursos autóctonos, la priorización de las fuentes de energía que empleen la mayor cantidad de trabajo y tecnologías nacionales a los efectos de ahorrar divisas y generar ocupación, la utilización de fuentes dinamizadoras de la economía nacional, la diversificación de las fuentes y la articulación con la idea de ‘País Productivo’, en un marco de desarrollo sustentable». Por otra parte, «se deberá lograr la cobertura de los requerimientos energéticos básicos de la población y la equidad en las condiciones de abastecimiento energético.

El Plan de cobertura de suministro en zonas no rentables financieramente, será exigencia para empresas del sector que se beneficien de concesiones o participación en mercados restringidos». En otro orden, «deberá contemplarse el uso de fuentes energéticas renovables, y en especial, de biocombustibles en la matriz energética nacional, estableciéndose un plan progresivo de metas de porcentajes del consumo total de energía proveniente de estas fuentes y los instrumentos para el logro de dichos objetivos, así como la gradual reducción de los combustibles fósiles importados como energéticos». *

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