Piden citar al Goyo, a nueve ex jefes del Ejército y a los tres comandantes de 2005

Por dos homicidios y cuatro desapariciones iniciarán el lunes causas contra los mandos

Los abogados vinculados a causas judiciales por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura en Uruguay presentarán el lunes las primeras denuncias contra los mandos militares que, excluidos de la Ley de Caducidad, son responsables por asesinatos y desapariciones de personas.

Las causas contra los mandos, en las que los abogados venían trabajando desde meses atrás, se iniciarán con los casos de los asesinatos del estudiante Hugo De los Santos en los días posteriores al golpe de Estado de 1973 y de Horacio Ramos, muerto en el Penal de Libertad.

Otros cinco casos se incluirán como una única denuncia relacionada con el traslado y desaparición de los pasajeros del «segundo vuelo» del centro de torturas Automotores Orletti de Buenos Aires: María Emilia Islas Gatti de Zaffaroni, Juan Pablo Recagno Ibarburu, Ary Cabrera y Juan Pablo Errandonea.

Los abogados solicitarán que se cite a los diez ex comandantes en jefe del Ejército que en una carta pública se hicieron responsables por los delitos de la dictadura, tenientes generales Gregorio Alvarez, Guillermo De Nava, Juan Curutchet, Fernán Amado, Carlos Daners, Carlos Berois, Juan Rebollo, Raúl Mermot, Juan Geymonat, y Santiago Pomoli.

Asimismo, pedirán que den su testimonio los comandantes en jefe Angel Bertolotti del Ejército, Tabaré Daners de la Armada y Enrique Bonelli de la Fuerza Aérea, quienes realizaron los informes oficiales sobre desaparecidos en respuesta a una orden del presidente Tabaré Vázquez.

 

Responsabilidad de mandos

Las presentaciones judiciales se basan en el artículo 3º de la Ley 15.848, donde se excluye a los mandos militares del amparo de la caducidad de la pretensión punitiva del Estado, otorgada a los militares y policías que durante el régimen de facto cometieron delitos. Aunque alguno de estos casos ya fueron tratados por la justicia penal y en su momento el Poder Ejecutivo los incluyó en la Ley de Caducidad, se argumenta que nunca se realizaron las investigaciones previstas en la ley y se subraya que se debe identificar a los mandos responsables por los crímenes. La argumentación de los abogados se apoya en el artículo 85 de la propia Ley Orgánica Militar que al señalar el concepto de «mando», lo define como «aquel que tiene facultad de decidir y ordenar dentro de lo establecido por las leyes y reglamentos militares» . La Ley Orgánica Militar establece que el comando es la autoridad ejercida sobre una fuerza o unidad por el militar responsable de su preparación disciplinaria, por lo cual, los comandos que ejercieron la dirección de la llamada lucha antisubversiva ejercieron el don de mando y son responsables.

Las tres causas que se presentarán el lunes, operarán como una «llave» para la actualización de otras causas que también pudieron haber sido amparadas en la Ley de Caducidad y en las cuales los jueces y fiscales no indagaron las responsabilidades de los respectivos mandos. Las fuentes consultadas por LA REPUBLICA no descartaron que el inicio de estos juicios a los mandos pueda implicar a los cinco ex militares y un ex policía que se encuentran detenidos para su extradición a la Argentina. Si así fuera, los seis podrían ser juzgados primero en Uruguay. *

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