Sanguinetti amparó el asesinato de Zelmar y Toba en la caducidad por la evidencia del "móvil político"
El ex presidente Julio María Sanguinetti admitió que amparó en la Ley de Caducidad los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Guitiérrez Ruiz, porque podía existir participación de uruguayos en el crimen, y era evidente el móvil político y la participación de militares y policías de la dictadura.
La afirmación de Sanguinetti surge de su testimonio en diciembre de 2004 ante el juez penal de 11º Turno, Roberto Timbal, y la fiscal de 2º Turno, Mirtha Guianze, durante las actuaciones sobre la responsabilidad del ex presidente Juan María Bordaberry y el ex canciller Juan Carlos Blanco en aquellos delitos.
Bordaberry y Blanco son los únicos «mandos» de la dictadura que vienen siendo indagados por la Justicia civil, luego que el propio Sanguinetti comunicara a la Suprema Corte de Justicia el 14 de marzo de 1989 que la investigación sobre la muerte de Zelmar y Toba era vedada por la Ley 15.848. El dos veces presidente de la República comparó su decisión de aplicar la caducidad al asesinato de los dos ex legisladores, con la interpretación que el ex presidente Jorge Batlle hizo, cuando también impidió la investigación del homicidio de María Claudia García, nuera del poeta argentino Juan Gelman.
Sobre el fin de su mandato, Batlle ordenó archivar las actuaciones que sobre el caso Gelman venía realizando el juez Gustavo Mirabal, por entender que el secuestro, traslado, robo de su hija, asesinato y desaparición de María Claudia lo cometieron militares y policías «en ocasión» de sus funciones.
Causa de «extraditables»
El interrogatorio del juez Timbal y la fiscal Guianze a Sanguinetti fue entregado esta semana al Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) de Argentina, parte querellante del juicio sobre el «Plan Cóndor» que en Buenos Aires sigue el juez federal de 7º Turno, Guillermo Montenegro.
Montenegro indaga el homicidio de Zelmar Michelini, Héctor Gutiérrez Ruiz, Rosario Barredo y William Whitelaw, en la causa «Jorge Videla y otros s/ Privación Ilegal de Libertad Personal», en que pidió la extradición de cinco militares y un policía de la «Patota de la OCOA», hoy detenidos en Montevideo.
El juez federal argentino pidió la extradición de los ex oficiales José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Jorge Silveira, Ernesto Rama y Gilberto Vázquez, y del ex policía Ricardo Medina, por su implicancia en el secuestro, traslado, robo de su hija, asesinato y desaparición de María Claudia García de Gelman.
Una versión del documento -obtenido anoche por LA REPUBLICA- fue divulgada ayer por la agencia de noticias Prensa Latina, donde se destaca que Sanguinetti evitó que se investigaran los asesinatos de los parlamentarios, aunque «de existir participación uruguaya resultaba evidente el móvil político».
«Del documento con las declaraciones del ex mandatario también se desprende que estos asesinatos en Argentina fueron ordenados por los mandos superiores, es decir el ex dictador Juan María Bordaberry y su entonces canciller, Juan Carlos Blanco», agrega la agencia de noticias.
Contradictorio Julio María
Interrogado por la fiscal Guianze, Sanguinetti dijo que hizo una interpretación amplia del concepto «ordenada por los mandos» ya que consideraba que la Ley de Caducidad era una amnistía, pero dijo no recordar los procedimientos seguidos antes de informar al juez de que el caso estaba amparado en la ley.
«Las circunstancias decían que era un crimen ocurrido en la Argentina y ejecutado por argentinos, se mencionaba reiteradamente una posible conexión con funcionarios uruguayos, dada la notoria intencionalidad política del delito», expresó Sanguinetti en su testimonio.
El ex mandatario dice que delegó en el Ministerio de Defensa Nacional de la época, que encabezaba el ministro Juan Vicente Chiarino, y el comandante en jefe del Ejército, teniente general Hugo Medina, la responsabilidad de obtener información y «juzgar si (los casos) podían estar comprendidos» en la ley.
«Todas las circunstancias de tiempo y lugar aludían a que de haber mediado participación uruguaya (en el múltiple asesinato) esta estaba justamente referida a los actos específicamente amnistiados y vinculados a las acciones militares y policiales de la época», declaró Sanguinetti.
En la inicial exposición de motivos de la Ley de Caducidad, presentada en el Parlamento por el Partido Nacional en diciembre de 1986, se señalaba en forma expresa que los asesinatos de Zelmar Michelini y Héctor Gutiérrez Ruiz, el 20 de mayo de 1976, estaban excluidos de la norma.*
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