Presupuesto de IMM pasará al Parlamento

La Junta Departamental de Montevideo resolvió anoche el pasaje del presupuesto municipal a la Asamblea General del Parlamento para su consideración. Con los votos de los ediles oficialistas, el cuerpo no hizo lugar a cuatro de las cinco observaciones medulares que le formulara el Tribunal de Cuentas. Si en 40 días el Parlamento no trata el proyecto, el mismo se considerará aprobado.

Tras una extensa sesión, el legislativo departamental de Montevideo no hizo lugar a las «observaciones» que formulara el Tribunal de Cuentas al proyecto de Presupuesto Quinquenal de la IMM. Los ediles sólo levantaron una observación, referida al artículo Nº 67 del presupuesto que trata de la contratación por cashe.

Sin embargo, no hicieron lugar a otras cuatro observaciones, una de ellas vinculada a la redistribución del porcentaje percibido por los profesionales por juicio ganado. El TC considera este cambio ilegal.

La oposición enfatizó ayer, a través del edil nacionalista Daniel Graffignia que el no levantamiento de esta observación puede implicar el inicio de demandas millonarias por parte de los funcionarios de la IMM. Por su parte, la quincista Glenda Rondán fustigó la carta enviada a la Junta Departamental, por parte del intendente Ricardo Ehrlich, en la que aconseja al cuerpo no tener en cuenta las observaciones del Tribunal de Cuentas, ya que considera que «exceden la competencia del Tribunal o resultan contradictorias con otros puntos del dictamen».

La Junta no «levantó» la observación al artículo Nº 4, que indica una falta de comparación entre los recursos del proyecto de presupuesto con el vigente. Tampoco «modificó» el artículo 36, donde el Tribunal de Cuentas advierte que la modificación introducida por la Junta Departamental, constituiría un aumento del gasto.

El argumento del oficialismo es que se trata de una mera aclaración, ya que la actualización de la partida estaba prevista en el texto original.

Se mantiene el «observado» artículo Nº 45, que refiere a la carrera funcional y los cambios de escalafón, y al mismo se le hacen modificaciones.

El polémico artículo Nº 46, tampoco se «levanta» y es el que establece: «En los juicios en los cuales la IMM sea parte, cuando mediare expresa condenación en costos a la contraparte, éstos se verterán a Rentas Generales con destino a una distribución entre los funcionarios en la que forma que establecerá la reglamentación». El argumento de la administración es que los rubros percibidos en virtud de condena en costos a la contraparte, pertenecen a la propia administración.

El único artículo eliminado del proyecto, es el Nº 67, que habilitaba a la IMM a efectuar contrataciones con destino a las actividades de la Comedia Nacional bajo la modalidad de «cachet artístico». *

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