Pertinencia del Tratado sobre la contaminación

Su pertinencia no corresponde porque le obliga a los Estados a notificar «obras de entidad suficiente para afectar … la calidad de sus aguas». Esa hipótesis no se da, pues como expresan los propios principales científicos argentinos, no se afecta la calidad de las aguas, razón por la cual no había nada que notificar. En su posterior protesta, Argentina no se ajusta a los estrictos contenidos de una protesta que prevé el Tratado, que la obliga muy detallada y no general. Luego el Poder Ejecutivo argentino confirma este parecer en la Memoria Anual del Estado de la Nación 2004, que fuera leída, por el Ejecutivo, ante el Parlamento argentino en marzo de 2005 y sostuvo «En el mismo mes (marzo de 2005), ambos países firmaron un acuerdo bilateral, poniendo fin a la controversia por la instalación de una planta de celulosa en Fray Bentos». «Este acuerdo respeta, por un lado, el carácter nacional uruguayo de la obra, que nunca estuvo puesto en entredicho y, por otro lado, la normativa vigente que regula las aguas del Río Uruguay a través de la CARU.» Cuando la diputada Liliana Negre leía la página 107 del mencionado Informe a la Nación con este texto  durante el debate parlamentario sobre si Argentina debía llevar el tema al Tribunal de La Haya- el diputado kirchnerista Miguel Pichetto le gritó: «Â¡Irresponsable!: ¡Le estás dando letra a los uruguayos…». Desde entonces, por lo mismo, las actas del Parlamento argentino mismo inviabilizan el camino de La Haya, ya que registran los cambios de posición argentinos. En sentido contrario, la democracia uruguaya puede exhibir que un Fiscal de la República se opone a la instalación de las papeleras sin que nadie, absolutamente nadie, se atreva o pueda atreverse a molestarlo. *

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